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El Real Decreto 453/1989, de 21 de abril, por el que se determinan las instalaciones de producción que forman parte del Sistema Eléctrico Nacional, establecía en su artículo 5. que el Ministerio de Industria y Energía, a propuesta de la Dirección General de la Energía, establecerá por orden las modificaciones y bajas de las instalaciones de producción que integran el sistema eléctrico nacional, a los efectos previstos en el citado Real Decreto;
Habiendo propuesto por la Dirección General de la Energía diversas modificaciones y bajas de las instalaciones de producción de energía eléctrica afectas a suministros peninsulares.
En su virtud, el Ministerio de Industria y Energía, a propuesta de la Dirección General de la Energía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5. del Real Decreto 453/1989, ha tenido a bien disponer:
Primero.-Las modificaciones en las instalaciones de producción eléctrica integradas en el Sistema Eléctrico Nacional afectas a suministros peninsulares motivados por modificaciones de la potencia instaladas en 1992 son:
Grupo: Trillo I. Año entrada en servicio: 1988. Tipo: Nuclear. Potencia instalada: 1.066 MW. Fecha: 1 de enero de 1992.
Grupo: Vandellós II. Año entrada en servicio: 1988. Tipo: Nuclear. Potencia instalada: 1.004 MW. Fecha: 1 de marzo de 1992.
Segundo.-La baja de instalación de producción eléctrica integrada en el Sistema Eléctrico Nacional afecta a suministros peninsulares en 1992 es:
Grupo: Cuarte. Año entrada en servicio: 1987. Tipo: Fuel-gas. Potencia instalada: 0,65 MW. Fecha: 31 de diciembre de 1992.
Tercero.-La Dirección General de la Energía dictará cuantas resoluciones sean necesarias para el cumplimiento de la presente Orden.
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 30 de julio de 1993.
EGUIAGARAY UCELAY
Ilma. Sra. Directora general de la Energía.
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