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Advertidos errores en el texto remitido para la publicación de la Resolución de esta Dirección General, de 4 de marzo de 1993, inserta en el <Boletín Oficial del Estado> número 60, del 11, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:
En la página 7581, apartado noveno, hay que incluir el siguiente párrafo: <Durante el año 1993 en caso de incompatibilidad entre las restricciones genéricas y las restricciones por fechas, estas últimas tendrán prioridad respecto de aquellas>.
En la página 7583, provincia de Granada, hay que añadir el siguiente párrafo: <En todas las carreteras de la provincia desde el viernes 27 de agosto, a las doce horas, hasta el lunes 30 de agosto, a las veinticuatro horas>.
En la página 7583, provincia de Guadalajara, línea 33, donde dice: <El jueves 19 de agosto, de cero a veinticuatro horas>, debe decir: <El domingo 29 de agosto de cero a veinticuatro horas>.
En la página 7583, provincia de La Rioja, en la carretera N-111, línea 21, donde dice: <Desde el domingo 27 de junio>, debe decir: <El domingo 27 de junio>.
En la carretera N-120, línea 27, donde dice: <Los domingos y festivos de los meses de julio, agosto y septiembre, desde las cero hasta las veinticuatro horas>, debe decir: <Los domingos y festivos de los meses de julio, agosto y septiembre, desde las cero hasta las veinticuatro horas, salvo que se utilice para cruzarlo completando, itinerarios que discurran por otras carreteras>.
En la página 7584, provincia de Salamanca, hay que añadir el siguiente párrafo <Desde el sábado 28 de agosto desde las cero horas hasta el lunes 30 de agosto a las veinticuatro horas>.
En la página 7586, anexo II, todos los domingos y festivos comprendidos entre el 1 de junio y el 30 de junio, carretera GE-682, donde dice <límite provincias Barcelona-Gerona>, debe decir: <límite provincias Barcelona-Girona>.
En la página 7587, anexo II, hay que añadir el siguiente cuadro:
(CUADRO OMITIDO)
En la página 7593, anexo II, domingo 1 de agosto, carretera N-VI, donde dice: <60,200>, debe decir: <62>.
En la página 7593, anexo II, lunes 16 de agosto, carretera N-VI, donde dice: <60,200>, debe decir: <62>.
En la página 7594, anexo II, martes 12 de octubre, carretera N-VI, donde dice: <60,200>, debe decir: <62>.
En la página 7595, anexo II, lunes 1 de noviembre, carretera N-VI, donde dice: <60,200>, debe decir: <62>.
En la página 7596, anexo II, miércoles 8 de diciembre, carretera N-VI, donde dice: <60,200>, debe decir: <62>.
Madrid, 22 de abril de 1993.-El Director general de Tráfico, Miguel María Muñoz Medina.
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