Contido non dispoñible en galego
El desarrollo de los actos relativos a la Exposición Universal de Sevilla 1992 exige tener prevista la representación del Presidente del Gobierno a efectos protocolarios para los casos en que sea necesaria. En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de abril de 1992,
DISPONGO
Artículo único.
A los efectos previstos en el artículo 9. del Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Ordenamiento General de Precedencias en el Estado, en los actos que con motivo de la Exposición Universal de Sevilla 1992 se celebren en el reciento de la misma, en ausencia del Presidente del Gobierno ostentarán su representación el Vicepresidente del Gobierno o el Ministro que asista a dichos actos.
DISPOSICION FINAL
El presente Real Decreto entará en vigor el mismo día de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Dado en Madrid, a 10 de abril de 1992.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
FELIPE GONZALEZ MARQUEZ
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid