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El Consejo de Ministros, en su reunión del día 20 de noviembre de 1992, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha adoptado el Acuerdo por el que se modifica el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio de 1992.
Teniendo en cuenta la necesidad de que dicho Acuerdo reciba la más amplia difusión, he tenido a bien disponer la publicación del mismo.
Madrid, 20 de noviembre de 1992.
SOLBES MIRA
Ilmo. Sr. Presidente de Enesa.
Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la modificación del Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio de 1992
Unico.-Al Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio de 1992, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros, de fecha 29 de noviembre de 1991, se incorpora el siguiente apartado, relativo a las subvenciones a otorgar al Seguro Integral de Cereales de Invierno en Secano:
Decimonoveno.-Dado que el Seguro Agrario Combinado, según lo indicado en el artículo segundo, octavo, de la Ley 87/1978, constituye un instrumento para el desarrollo de la política agraria, en las normas a tener en cuenta para la distribución de las subvenciones correspondientes al Seguro Integral de Cereales de Invierno en Secano, se incorporarán subvenciones diferenciadas destinadas a incentivar el desarrollo de dicha política. En este sentido, se establecerán subvenciones complementarias a los agricultores afiliados al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia, o al Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social por su actividad agraria, así como a los agricultores integrados en SAT o Cooperativas de explotación en común de la tierra.
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