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Documento BOE-A-1992-21706

Canje de Notas de 31 de octubre de 1991 y 6 de abril de 1992 entre España y la República Federal de Alemania para subsanar un error advertido en la versión española del articulo 13.2 del Convenio sobre Reconocimiento y Ejecución de las Resoluciones y Transacciones Judiciales y Documentos Públicos con Fuerza Ejecutiva en Materia Civil y Mercantil, firmado en Bonn el 14 de noviembre de 1983.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 24 de septiembre de 1992, páginas 32526 a 32526 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1992-21706
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1992/04/06/(1)

TEXTO ORIGINAL

NOTA VERBAL

El Ministerio de Asuntos Exteriores saluda atentamente a la Embajada de Alemania en Madrid y, en relación con el Convenio hispano-alemán de Reconocimiento y Ejecución de Resoluciones Judiciales en Materia Civil y Mercantil, tiene el honor de informar a la Embajada de cuanto sigue:

El Ministerio español de Justicia comunica que se ha detectado un error material en el artículo 13.2 de la versión en español del texto que, debido a su redacción dificilmente comprensible. conduce a un resultado absurdo. Mientras que en la versión en alemán del mencionado artículo 13.2 se dice «diese Entscheidung» (esta resolución), en la versión en español dice «la resolución», por lo que la interpretación de dicho párrafo en su actual redaccion en español es que se trata de la resolución del Estado de origen, en vez de la del Estado requerido.

Con objeto de subsanar el error anteriormente indicado, el Ministerio de Asuntos Exteriores informa a la Embajada de Alemania que la redacción en idioma español del artículo 13.2 del Convenio hispano-alemán de Reconocimiento y Ejecución de Resoluciones judiciales en Materia Civil y Mercantil, quedará establecida de la siguiente manera:

«Si la solicitud del exequatur fuera desestimada, esta resolución desestimatoria será reconocida y ejecutada en el otro Estado contratara sin entrar a examinar la competencia.» En el caso de que la Parte alemana considere aceptable la propuesta esta Nota Verbal y la respuesta de esa Embajada servirán para formalizar la corrección del error indicado en la versión en español del texto del Convenio. El Ministerio de Asuntos Exteriores aprovecha esta oportunidad para reiterar a la Embajada de Alemania en Madrid el testimonio de su más distinguida consideración.

Madrid, 31 de octubre de 1991.

NOTA VERBAL NUMERO 0245

La Embajada de la República Federal de Alemania saluda atentamente al Ministerio de Asuntos Exteriores y haciendo referencia a su Nota Verbal número 541, de 31 de octubre de 1991, relativa al Convenio hispano-alemán de Reconocimiento y Ejecución de Resoluciones Judiciales en Materia Civil y Mercantil, tiene el honor de comunicarle, en nombre de su Gobierno, la conformidad de la República Federal de Alemania con la modificación propuesta por la parte español de la versión en español del artículo 13.2, quedando bien entendida que el texto alemán permanecerá inalterado.

La Embajada de la República Federal de Alemania aprovecha est oportunidad para renovar al Ministerio de Asuntos Exteriores el testimonio de su más alta consideración.

Madrid, 6 de abril de 1992.

Lo que se hace público para conocimiento general, completando asi la publicación efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» númer 40, de fecha 16 de febrero de 1988, y en el número 150, de fech 23 de junio de 1990.

Madrid, 19 de junio de 1992.—El Secretario general técnico, Aurelio Pérez Giralda.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 06/04/1992
  • Fecha de publicación: 24/09/1992
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en el Convenio de 14 de noviembre de 1983 (Ref. BOE-A-1988-3900).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Administración de Justicia
  • Alemania
  • Documentos
  • Enjuiciamiento Civil
  • Sentencias
  • Transacción

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