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En virtud de lo establecido en el artículo 3. de la Ley del Monopolio Fiscal de Tabacos se publican los precios de venta al público, propuestos por los fabricantes e importadores, de determinadas labores de tabaco.
Primero: Los precios de venta al público, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías del área del Monopolio de la península e islas Baleares de las labores que se citan, serán:
Pesetas/unidad
A) Cigarros:
Petit Casanova ... 41
Pesetas/cajetilla
B) Cigarrillos:
Philip Morris Lights 100'S Superlims ... 230
Multifilter Lights 100'S Superlims ... 230
Segundo: La presente resolucion entrara en vigor al dia siguiente de su publicacion en el <Boletin Oficial del Estado>.
Madrid, 2 de septiembre de 1992.-El Delegado del Gobierno en el Monopolio de Tabacos, Juan Antonio Vazquez de Parga y Pardo.
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