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Documento BOE-A-1992-20771

Recurso de inconstitucionalidad número 2.199/1992, planteado por el Presidente del Gobierno, contra determinados preceptos de la Ley del Parlamento de Navarra 6/1992, de 14 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 214, de 5 de septiembre de 1992, páginas 30644 a 30644 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1992-20771

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de agosto actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2199/1992, planteado por el Presidente del Gobierno, contra el artículo 103.1, la disposición adicional decimotercera y la disposición transitoria primera de la Ley Foral del Parlamento de Navarra 6/1992, de 14 de mayo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Y se hace saber que por el Presidente del Gobierno, se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los mencionados preceptos impugnados, desde la fecha de interposición del recurso, 21 de agosto de 1992, para las partes del proceso, y desde la publicación de este edicto en el <Boletín Oficial del Estado> para los terceros.

Madrid, 26 de agosto de 1992. El Presidente de Tribunal Constitucional.

RODRIGUEZ-PIÑEIRO Y BRAVO-FERRER

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 26/08/1992
  • Fecha de publicación: 05/09/1992
  • Suspende, desde el 5 de septiembre de 1992, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, y, desde el 21 de agosto de 1992, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA:
    • el desistimiento recurrente, por Auto de 21 de septiembre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-23795).
    • el levantamiento de la suspensión de los preceptos impugnados, por Auto de 19 de agosto de 1993 (Ref. BOE-A-1993-22024).
    • el mantenimiento de la suspensión de los preceptos impugnados, por Auto de 27 de octubre de 1992 (Ref. BOE-A-1992-24414).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con el art. 103.1, y disposiciones adicional 13 y transitoria 1, de la Ley Foral 6/1992, de 14 de mayo (Ref. BOE-A-1992-14905).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Navarra
  • Tribunal Constitucional

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