Está Vd. en

Documento BOE-A-1991-2702

Orden de 14 de enero de 1991 por la que se establece la certificación de conformidad a normas, como alternativa a la homologación, para los aparatos sanitarios cerámicos para utilizar en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 1991, páginas 3346 a 3347 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1991-2702
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1991/01/14/(4)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 800/1987, DE 15 DE MAYO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA CERTIFICACION DE CONFORMIDAD A NORMAS COMO ALTERNATIVA A LA HOMOLOGACION DE TIPO DE PRODUCTOS POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA, PODRA DISPONER, EN CADA CASO, QUE EL CERTIFICADO O MARCA DE CONFORMIDAD A NORMAS EMITIDO POR UNA ASOCIACION O ENTIDAD DE LAS PREVISTAS EN EL ARTICULO 5. , 1, DEL REAL DECRETO 1614/1985, DE 1 DE AGOSTO, TENDRA LA MISMA VALIDEZ QUE LA HOMOLOGACION CONCEDIDA POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA, ESTABLECIENDOSE EN EL ARTICULO 2. LOS REQUISITOS DE PUBLICIDAD, QUE SERAN PREVISTOS PARA LAS HOMOLOGACIONES QUE CONCEDE DICHO MINISTERIO.

LOS CERTIFICADOS Y MARCAS DE CONFORMIDAD OTORGADOS A LOS PRODUCTOS CONTEMPLADOS, Y SUJETOS A HOMOLOGACION, EN LA ORDEN DE 14 DE MAYO DE 1986, HAN SIDO SUFICIENTEMENTE DESARROLLADOS POR LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION (AENOR), RECONOCIDA POR ORDEN DE 26 DE FEBRERO DE 1986, AL AMPARO DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1614/1985, DE 1 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ORDENAN LAS ACTIVIDADES DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION.

EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA DISPUESTO:

PRIMERO. A PARTIR DE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE LA PRESENTE DISPOSICION PARA LOS APARATOS SANITARIOS, CERAMICOS PARA UTILIZAR EN LOCALES DE HIGIENE CORPORAL, COCINAS Y LAVADEROS SUJETOS A ESPECIFICACIONES TECNICAS Y PRECEPTIVA HOMOLOGACION DE ACUERDO CON LA ORDEN DE 14 DE MAYO DE 1986, EL CERTIFICADO O MARCA DE CONFORMIDAD A NORMAS EMITIDO POR LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION (AENOR), TENDRA LA MISMA VALIDEZ QUE LA HOMOLOGACION CONCEDIDA POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA.

SEGUNDO. LOS CERTIFICADOS O MARCAS DE CONFORMIDAD QUE EMITA LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION (AENOR), DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL APARTADO ANTERIOR, SERAN OBJETO DE PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>, MEDIANTE RESOLUCION DE LA DIRECCION GENERAL DE POLITICA TECNOLOGICA.

TERCERO. LAS REFERIDAS CERTIFICACIONES Y MARCAS DE CONFORMIDAD A NORMAS, DEBERAN SER CONCEDIDAS EN BASE A LOS CERTIFICADOS Y PROTOCOLOS DE ENSAYO DE CUALESQUIERA DE LAS ENTIDADES DE INSPECCION Y CONTROL REGLAMENTARIO, DE LOS LABORATORIOS DEBIDAMENTE ACREDITADOS POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA PARA LA HOMOLOGACION DE LOS PRODUCTOS INCLUIDOS EN EL AMBITO DE APLICACION DE LA ORDEN DE 14 DE MAYO DE 1986.

LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 14 DE ENERO DE 1991.

ARANZADI MARTINEZ

ILMA. SRA. DIRECTORA GENERAL DE POLITICA TECNOLOGICA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/01/1991
  • Fecha de publicación: 30/01/1991
Referencias anteriores
Materias
  • Materiales de construcción
  • Normalización
  • Productos higiénicos
  • Saneamiento

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid