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Documento BOE-A-1991-19199

Resolución de 19 de julio de 1991, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se modifican las Resoluciones de la Secretaría de Estado de Comercio, de 19 de diciembre de 1990 y de 6 de marzo de 1991, que modificaban los regímenes comerciales aplicables a la importación de ciertos fertilizantes.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 1991, páginas 24812 a 24813 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1991-19199
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1991/07/19/(1)

TEXTO ORIGINAL

POR DECISION DE 12 DE DICIEMBRE DE 1990, LA COMISION AUTORIZO A ESPAÑA A ADOPTAR, PARA CIERTOS FERTILIZANTES, MEDIDAS DE SALVAGUARDIA FRENTE A LA COMUNIDAD Y MEDIDAS DE VIGILANCIA FRENTE A LA COMUNIDAD Y FRENTE A TERCEROS PAISES. ESTA DECISION UNICAMENTE ESTABLECIA UN PLAZO DE VALIDEZ DE UN MES PARA LOS TITULOS DE IMPORTACION DE LOS PRODUCTOS SOMETIDOS A VIGILANCIA CUANDO SE TRATASE DE PRODUCTOS ORIGINARIOS DE TERCEROS PAISES AUN NO DESPACHADOS A LIBRE PRACTICA O, CUANDO SE TRATASE DE PRODUCTOS EN LIBRE PRACTICA PARA LOS QUE EL IMPORTADOR NO PUDIERA PRESENTAR LOS ELEMENTOS DE PRUEBA RELATIVOS A LA MISMA EN LA FECHA DE SOLICITUD DEL TITULO DE IMPORTACION.

LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO HA VENIDO CONCEDIENDO UN PLAZO DE VALIDEZ DE SEIS MESES PARA EL RESTO DE LOS TITULOS DE IMPORTACION CORRESPONDIENTES A LOS PRODUCTOS SOMETIDOS A VIGILANCIA.

COMO CONSECUENCIA DE UN PLAZO DE VALIDEZ TAN AMPLIO, SE ESTAN PRODUCIENDO DIFICULTADES A LA HORA DE PREVER CUAL VA A SER EL VOLUMEN DE IMPORTACIONES DE ESTOS PRODUCTOS, DADO QUE SE HAN OBSERVADO GRANDES DIFERENCIAS ENTRE LOS VOLUMENES AUTORIZADOS Y LAS IMPORTACIONES EFECTIVAMENTE REALIZADAS. ESTE HECHO HACE QUE LAS MEDIDAS DE VIGILANCIA AUTORIZADAS POR LA COMISION Y ESTABLECIDAS POR LA RESOLUCION DE 19 DE DICIEMBRE DE 1990, DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO, PIERDAN EN GRAN MEDIDA SU UTILIDAD.

LA ORDEN DE 21 DE FEBRERO DE 1986 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENDO Y TRAMITACION DE LAS IMPORTACIONES NO ESTABLECE NINGUN PLAZO MINIMO DE VALIDEZ PARA EL TITULO DE IMPORTACION DENOMINADO NOTIFICACION PREVIA DE IMPORTACION.

POR OTRO LADO, POR EL REGLAMENTO CEE NUMERO 371/1991, DE 14 DE FEBRERO, LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ESTABLECIA UNA VIGILANCIA COMUNITARIA PREVIA APLICABLE A LAS IMPORTACIONES DE HIDROGENOORTOFOSFATO DE DIAMONIO, CORRESPONDIENTE AL CODIGO NC 3105.30.00, ORIGINARIAS DE TERCEROS PAISES.

EN EL ARTICULO 2.2 DEL CITADO REGLAMENTO SE ESTABLECIA QUE LOS DOCUMENTOS DE IMPORTACION CORRESPONDIENTES A LAS IMPORTACIONES DE HIDROGENOORTOFOSFATO DE DIAMONIO PODRIAN UTILIZARSE DURANTE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA DE SU RECEPCION POR EL IMPORTADOR.

LA RESOLUCION DE 6 DE MARZO DE 1991 POR LA QUE SE MODIFICABA EL REGIMEN COMERCIAL APLICABLE A ESTE PRODUCTO PARA PONER EN EJECUCION EL REGLAMENTO CEE NUMERO 371/1991, NO ESTABLECIA ESTE PLAZO TEMPORAL A LA VALIDEZ DE LOS DOCUMENTOS DE IMPORTACION.

ES CONVENIENTE MODIFICAR LA CITADA RESOLUCION DE 6 DE MARZO DE 1991 PARA QUE ESTA CONCUERDE CON EL REGLAMENTO CEE NUMERO 37/1991,

EN CONSECUENCIA DISPONGO:

PRIMERO. LA NOTIFICACION PREVIA DE IMPORTACION A LA QUE SE REFIEREN LOS PUNTOS SEGUNDO Y TERCERO DE LA RESOLUCION DE 19 DE DICIEMBRE DE 1990, DE LA SECRETARIA DE ESTADO, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS REGIMENES COMERCIALES APLICABLES A LA IMPORTACION DE CIERTOS FERTILIZANTES, TENDRA UN PLAZO DE VALIDEZ DE UN MES.

SEGUNDO. LA NOTIFICACION PREVIA DE IMPORTACION A LA QUE SE REFIERE EL ARTICULO PRIMERO DE LA RESOLUCION DE 6 DE MARZO DE 1991 DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO, POR LA QUE SE ESTABLECE UNA VIGILANCIA COMUNITARIA PARA LAS IMPORTACIONES DE DIFOSFATO AMONICO PROCEDENTE DE TERCEROS PAISES, TENDRA UN PLAZO DE VALIDEZ DE TRES MESES.

TERCERO. LA PRESENTE RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 19 DE JULIO DE 1991. EL SECRETARIO DE ESTADO DE COMERCIO, MIGUEL ANGEL FEITO HERNANDEZ.

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/07/1991
  • Fecha de publicación: 26/07/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 27/07/1991
Referencias anteriores
Materias
  • Abonos
  • Importaciones

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