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Documento BOE-A-1991-12089

Real Decreto 788/1991, de 17 de mayo, prorrogando el plazo de vigencia de la zona industrializada en declive de Extremadura, delimitada por Real Decreto 1388/1988, de 18 de noviembre, prorrogada por Real Decreto 592/1990, de 11 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 21 de mayo de 1991, páginas 16032 a 16032 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1991-12089
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1991/05/17/788

TEXTO ORIGINAL

Estando próxima a finalizar la prórroga establecida por Real Decreto 592/1990, de 11 de mayo («Boletín Oficial del estado» del 16), para la zona industrializada en declive de Extremadura delimitada por Real Decreto 1388/1988, de 18 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 23), y considerando que todavía subsisten en parte las circunstancias que justificaron tanto la delimitación como la prórroga de esta zona, con el informe favorable del Consejo Rector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, y en el artículo 4.º del Real Decreto 1388/1988, de 18 de noviembre, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de mayo de 1991,

DISPONGO:

Artículo único.

Se prorroga durante un período de 6 meses, contados a partir del 24 de mayo de 1991, el plazo de vigencia de la zona industrializada en declive de Extremadura en los términos establecidos por el Real Decreto 1388/1988, de 18 de noviembre.

DISPOSICIÓN FINAL

Este Real Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 17 de mayo de 1991.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Economía y Hacienda,

CARLOS SOLCHAGA CATALÁN

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 17/05/1991
  • Fecha de publicación: 21/05/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 22/05/1991
Referencias anteriores
  • PRORROGA la vigencia del Real Decreto 1388/1988, de 18 de noviembre (Ref. BOE-A-1988-27017).
  • CITA Real Decreto 592/1990, de 11 de mayo (Ref. BOE-A-1990-10882).
Materias
  • Bienes de equipo
  • Comunidades Autónomas
  • Empresas
  • Extremadura
  • Industrias
  • Inversiones
  • Obras
  • Subvenciones

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