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Documento BOE-A-1990-23797

Cuestión de inconstitucionalidad número 1.797/1990, planteada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Fuengirola.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 27 de septiembre de 1990, páginas 28061 a 28061 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1990-23797

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 17 DE SEPTIEMBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 1.797/1990, PLANTEADA POR EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 4 DE FUENGIROLA, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 58 DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS, POR PODER VULNERAR LOS ARTICULOS 14 Y 39 DE LA CONSTITUCION.

LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

MADRID, 17 DE SEPTIEMBRE DE 1990. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 17/09/1990
  • Fecha de publicación: 27/09/1990
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara la inconstitucionalidad del art. 58.1 en los términos que menciona, por Sentencia 222/1992, de 11 de diciembre (Ref. BOE-T-1993-1243).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad el art. 58 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, texto refundido aprobado por Decreto 4104/1964, de 24 de diciembre (Ref. BOE-A-1964-21865).
Materias
  • Arrendamientos urbanos
  • Tribunal Constitucional

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