Padecidos errores en la inserción del citado Instrumento de Ratificación, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 170, de fecha 17 de julio de 1990, páginas 20558 a 20562, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Artículo 1, línea segunda, donde dice: «... las reglas y condiciones establecidas en los artículos siguiente, ...», debe decir: «... las reglas y condiciones establecidas en los artículos siguientes, ...».
Artículo 12, punto 2, línea segunda, donde dice: «... Si el condenado consistiere expresamente», debe decir: «... Si el condenado consintiere expresamente».
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