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En el recurso contencioso-administrativo número 222/1987, interpuesto por don Luis Sebastián Santín contra Real Decreto 519/1987, de 15 de abril, sobre servicios mínimos, se ha dictado con fecha 10 de mayo de 1990, por el Tribunal Supremo, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Estimamos el recurso número 222/1987, interpuesto contra el Real Decreto 519/1987, de 15 de abril; declaramos dicho Real Decreto contrario al ordenamiento jurídico y nulo por lo razonado en los fundamentos de Derecho de esta sentencia, y lo dejamos sin efecto; sin costas. Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la Colección Legislativa, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos".
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución: 17.2, de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que traslado a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 16 de julio de 1990.- P. D. (Orden de 30 de junio de 1980), el Subsecretario, Fernando Panizo Arcos.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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