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Documento BOE-A-1990-16511

Orden de 9 de julio de 1990 por la que se modifica el anexo de la de 23 de marzo de 1988, relativa a los aditivos en la alimentación de los animales.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 12 de julio de 1990, páginas 20083 a 20084 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1990-16511
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1990/07/09/(1)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 418/1987, DE 20 DE FEBRERO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 28 DE MARZO), SOBRE LAS SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUE INTERVIENEN EN LA ALIMENTACION DE LOS ANIMALES, DISPONE LA NECESIDAD DE RECOGER EN NUESTRA LEGISLACION EL CONTENIDO DE LA NORMATIVA DE LA CEE SOBRE ESAS MATERIAS, DEBIENDO ADECUARSE EN TODO MOMENTO A LA LEGISLACION QUE SE PROMUEVA.

DE ACUERDO CON ELLO, Y EN CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA DEL CONSEJO 70/524/CEE Y SUS MODIFICACIONES, LA ORDEN DE ESTE DEPARTAMENTO DE 23 DE MARZO DE 1988 ESTABLECE LAS LISTAS DE LOS ADITIVOS QUE PUEDEN INTERVENIR EN LA ALIMENTACION DE LOS ANIMALES, ASI COMO LOS CONTENIDOS MAXIMOS Y MINIMOS Y LAS CARACTERISTICAS DE COMPOSICION DE LOS MISMOS.

CON POSTERIORIDAD, LA ORDEN DE ESTE DEPARTAMENTO DE 1 DE JULIO DE 1988 MODIFICA EL ANEXO DE LA DE 23 DE MARZO DE 1988, COMPLETANDO LA COLUMNA <ESPECIE O TIPO DE ANIMALES> CON EL APARTADO <C) SALMONES Y TRUCHAS>, EN EL PUNTO 1, <CAROTENOIDES Y XANTOFILAS> DE LA PARTE F, <COLORANTES, INCLUIDOS LOS PIGMENTANTES>, PARA LA PARTIDA E 161 G CANTAXANTINA.

POR OTRA PARTE, LA DIRECTIVA MENCIONADA DISPONE QUE EL CONTENIDO DE SUS ANEXOS SEA CONSTANTEMENTE ADAPTADO A LA EVOLUCION DE LOS CONOCIMIENTOS CIENTIFICOS Y TECNICOS, HABIENDO SUFRIDO SU ULTIMA MODIFICACION MEDIANTE LA DIRECTIVA DE LA COMISION 90/110/CEE, DE 19 DE FEBRERO (<DIARIO OFICIAL DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS> NUMERO L-67, DE 15 DE MARZO DE 1990).

EN ATENCION A LO ANTERIOR, PREVIO INFORME FAVORABLE DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO, HE TENIDO A BIEN DISPONER:

ARTICULO UNICO. SE MODIFICA EL ANEXO DE LA ORDEN DE ESTE DEPARTAMENTO DE 23 DE MARZO DE 1988, POR LA QUE SE DICTAN NORMAS RELATIVAS A LOS ADITIVOS EN LA ALIMENTACION DE LOS ANIMALES, CON ARREGLO A LO DISPUESTO EN EL ANEXO DE LA PRESENTE ORDEN.

DISPOSICION FINAL

LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 9 DE JULIO DE 1990.

ROMERO HERRERA

ILMOS. SRES. DIRECTORES GENERALES DE LA PRODUCCION AGRARIA Y DE POLITICA ALIMENTARIA.

ANEXO

1. EN EL PUNTO 1, <CAROTENOIDES Y XANTOFILAS>, DE LA PARTE F, <COLORANTES, INCLUIDOS LOS PIGMENTANTES> (PAGINA 11634):

A) EN LA POSICION E 161 G <CANTAXANTINA>, LAS INDICACIONES RELATIVAS AL APARTADO <C) SALMONES, TRUCHAS>, SE SUSTITUYEN POR LAS SIGUIENTES:

(CUADROS OMITIDOS)

2. EN LA PARTE J <FACTORES DE CRECIMIENTO> (PAGINA 11639), EN LA PARTIDA E 850 <CARBADOX>, SE SUSTITUYEN LAS INDICACIONES QUE FIGURAN EN LA COLUMNA <DESIGNACION QUIMICA, DESCRIPCION> POR LAS SIGUIENTES:

<METIL-3-(2-QUINOXALINIL-METILENO) CARBAZATO-N-DIOXIDO.

PUREZA MINIMA:

96 POR 100.

CARACTERISTICAS DE LAS PREPARACIONES AUTORIZADAS:

CONTENIDO EN CARBADOX: 5 A 10 POR 100, RESPECTIVAMENTE.

ESTABILIDAD MINIMA:

VEINTICUATRO MESES.

ACIDO PROPIONICO: 0,5 POR 100.

ACEITE DE SOJA: 7 POR 100.

HARINA DE TEGUMENTOS DE SOJA: HASTA 100 POR 100.

3. EN LA PARTE L <AGLOMERANTES, ANTIAGLOMERANTES Y COAGULANTES> (PAGINA 11639) SE INSERTA LA SIGUIENTE PARTIDA:

(CUADRO OMITIDO)

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 09/07/1990
  • Fecha de publicación: 12/07/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 13/07/1990
Referencias anteriores
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Alimentos para animales
  • Animales
  • Colorantes
  • Ganadería
  • Piensos
  • Productos químicos
  • Sanidad veterinaria

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