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Documento BOE-A-1989-4811

Resolución de 25 de enero de 1989, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, sobre delegación de atribuciones en los Centros directivos y Unidades de la Agencia.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 1 de marzo de 1989, páginas 5870 a 5870 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1989-4811
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1989/01/25/(2)

TEXTO ORIGINAL

APROBADO EL REAL DECRETO 1527/1988, DE 11 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REESTRUCTURA LA SECRETARIA DE ESTADO PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL Y PARA IBEROAMERICA, Y SE DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGANICA BASICA DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACION INTERNACIONAL, RESULTA NECESARIO, POR RAZONES DE OPERATIVIDAD Y EFICACIA EN LA ACTUACION ADMINISTRATIVA, EFECTUAR UNA DELEGACION DE ATRIBUCIONES EN LOS CENTROS DIRECTIVOS Y UNIDADES DE LA AGENCIA; POR ELLO, AL AMPARO DE LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 390 DEL REGLAMENTO GENERAL DE CONTRATACION; 74.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA; 6.7 DEL DECRETO 2043/1971, DE 23 DE JULIO; 11.8 DEL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE, Y 6.TRES, PUNTO 2, DEL REAL DECRETO 1527/1988, DE 11 DE NOVIEMBRE, ANTES CITADO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, Y PREVIA APROBACION DEL EXCELENTISIMO SEÑOR MINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES,

ESTA PRESIDENCIA TIENE A BIEN DISPONER:

PRIMERO.

DELEGAR EN EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE COOPERACION IBEROAMERICANA-VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACION INTERNACIONAL (AECI), EN EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE COOPERACION CON EL MUNDO ARABE, EN EL DIRECTOR GENERAL DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO Y EN EL SECRETARIO GENERAL DE LA AGENCIA, LAS ATRIBUCIONES RECONOCIDAS A ESTA PRESIDENCIA EN LO QUE SE REFIERE A LA DISPOSICION DE GASTOS, CONCERNIENTES A LA ACTIVIDAD PROPIA DEL ORGANISMO, CON LAS SIGUIENTES LIMITACIONES:

HASTA 10.000.000 DE PESETAS, EN EL SECRETARIO GENERAL.

HASTA 25.000.000 DE PESETAS, EN LOS DIRECTORES GENERALES DEL INSTITUTO DE COOPERACION IBEROAMERICANA, DEL INSTITUTO DE COOPERACION CON EL MUNDO ARABE Y DEL INSTITUTO DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO.

SEGUNDO.

DELEGAR EN LOS DIRECTORES GENERALES DEL INSTITUTO DE COOPERACION IBEROAMERICANA, DEL INSTITUTO DE COOPERACION CON EL MUNDO ARABE E INSTITUTO DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO, Y EN EL SECRETARIO GENERAL, LAS ATRIBUCIONES DE ESTA PRESIDENCIA REFERENTES A LA INICIACION Y APROBACION DE LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACION, CON LAS LIMITACIONES QUE SE ESTABLECEN EN EL APARTADO PRIMERO.

TERCERO. DELEGAR EN EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE COOPERACION IBEROAMERICANA-VICEPRESIDENTE DE LA AECI Y EN EL SECRETARIO GENERAL LAS ATRIBUCIONES RECONOCIDAS A ESTA PRESIDENCIA EN LO QUE SE REFIERE A LA ORDENACION DE PAGOS, CON LAS SIGUIENTES LIMITACIONES:

HASTA 10.000.000 DE PESETAS, EN EL SECRETARIO GENERAL,

HASTA 25.000.000 DE PESETAS, EN EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE COOPERACION IBEROAMERICANA-VICEPRESIDENTE DE LA AECI.

CUARTO.

DELEGAR EN EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE COOPERACION IBEROAMERICANA-VICEPRESIDENTE DE LA AECI Y EN EL SECRETARIO GENERAL LAS ATRIBUCIONES DE ESTA PRESIDENCIA REFERENTES A LA ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS, FORMALIZACION DE ESTOS Y DEVOLUCION DE LAS FIANZAS DEFINITIVAS QUE SE CONSTITUYAN, CON LAS LIMITACIONES QUE SE ESTABLECEN EN EL APARTADO TERCERO. QUINTO. DELEGAR EN EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE COOPERACION IBEROAMERICANA-VICEPRESIDENTE DE LA AECI Y EN EL SECRETARIO GENERAL, INDISTINTAMENTE, LAS ATRIBUCIONES RECONOCIDAS A ESTA PRESIDENCIA EN RELACION A LOS EXPEDIENTES DE MODIFICACION DE CREDITOS PRESUPUESTARIOS.

SEXTO. DELEGAR EN EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE COOPERACION IBEROAMERICANA, VICEPRESIDENTE DE LA AECI, Y EN EL SECRETARIO GENERAL, INDISTINTAMENTE, LAS FACULTADES QUE EL ORDENAMIENTO JURIDICO ATRIBUYA A ESTA PRESIDENCIA EN MATERIA DE PERSONAL.

SEPTIMO. TODAS LAS ATRIBUCIONES QUE SE DELEGUEN EN LA PRESENTE RESOLUCION PODRAN SER, EN CUALQUIER MOMENTO, OBJETO DE AVOCACION POR EL ORGANO DELEGANTE.

OCTAVO. EN TODAS LAS RESOLUCIONES QUE SE DICTEN, EN VIRTUD DE LA DELEGACION DE ATRIBUCIONES REGULADAS EN LA PRESENTE DISPOSICION, DEBERA HACERSE CONSTAR EXPRESAMENTE TAL CIRCUNSTANCIA.

NOVENO. LA PRESENTE RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE COMUNICO A VV. II. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 25 DE ENERO DE 1989. EL PRESIDENTE, FERNANDO M. VALENZUELA MARZO.

ILMOS. SRES.

DIRECTORES GENERALES DEL INSTITUTO DE COOPERACION IBEROAMERICANA-VICEPRESIDENTE DE LA AECI, DEL INSTITUTO DE COOPERACION CON EL MUNDO ARABE, DEL INSTITUTO DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO Y SECRETARIO GENERAL DE LA AECI.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/01/1989
  • Fecha de publicación: 01/03/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 01/03/1989
  • Fecha de derogación: 13/04/1991
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 6.3, punto 2, del Real Decreto 1527/1988, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-1988-29179).
    • el art. 74.3 de la Ley General presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
    • el Real Decreto 982/1987, de 5 de junio (Ref. BOE-A-1987-17746).
    • con el art. 11.8 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-1984-26864).
    • el art. 390 del Reglamento General de Contratación, aprobado por Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre (Ref. BOE-A-1975-26744).
    • con el art. 6.7 del Decreto 2043/1971, de 23 de julio (Ref. BOE-A-1971-1136).
    • el art. 22 de la Ley de régimen Juridico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957 (Ref. BOE-A-1957-10111).
Materias
  • Agencia Española de Cooperación Internacional
  • Contratación de la Administración Institucional
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Ordenación de gastos y pagos

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