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Documento BOE-A-1989-26520

Orden de 10 de noviembre de 1989 por la que se amplía la determinación de municipios, relacionados en la Orden de 6 de octubre de 1989, a los que son de aplicación las medidas reparadoras establecidas en el Real Decreto 1113/1989, de 15 de septiembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 11 de noviembre de 1989, páginas 35284 a 35284 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1989-26520
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1989/11/10/(1)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 1113/1989, DE 15 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ADOPTARON MEDIDAS URGENTES PARA LA REPARACION DE LOS DAÑOS CAUSADOS POR LAS LLUVIAS TORRENCIALES QUE AFECTARON A LAS PROVINCIAS DE ALBACETE, ALICANTE, ALMERIA, CASTELLON, CORDOBA, GRANADA, SEVILLA, VALENCIA Y A LAS COMUNIDADES AUTONOMAS DE LAS ISLAS BALEARES Y DE LA REGION DE MURCIA, ESTABLECE QUE POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR SE HARA LA DETERMINACION DE LOS TERMINOS MUNICIPALES, O LA ZONA DE LOS MISMOS, A LOS QUE SERA DE APLICACION LAS MEDIDAS REPARADORAS ESTABLECIDAS EN EL MISMO.

CON LA ORDEN DE 6 DE OCTUBRE DE 1989 SE LLEVO A CABO DICHA DETERMINACION RESPECTO DE DIVERSOS TERMINOS MUNICIPALES DE LAS PROVINCIALES MENCIONADAS QUE DE CONFORMIDAD CON LA INFORMACION DISPONIBLE INICIALMENTE SOBRE LA INCIDENCIA DE LAS LLUVIAS TORRENCIALES ALUDIDAS SE CONSIDERARON AFECTADOS POR LOS DAÑOS CATASTROFICOS CAUSADOS POR LAS MISMAS.

LAS ESPECIALES CIRCUNSTANCIAS CONCURRENTES EN ESA EMERGENCIA Y LOS GRAVES EFECTOS DE LA MISMA EN ALGUNAS AREAS DE LAS ZONAS SINIESTRADAS EN LAS DIFERENTES PROVINCIAS Y COMUNIDADES AUTONOMAS AFECTADAS, ASI COMO LA NECESIDAD DE LLEVAR A CABO CUANTO ANTES LA APLICACION DE MEDIDAS REPARADORAS QUE CONTRIBUYERAN AL ESTABLECIMIENTO DE LA NORMALIDAD EN LAS MISMAS, DIFICULTARON LAS ACTUACIONES PARA DISPONER DE INFORMACION COMPLETA Y DEFINITIVA SOBRE LOS DAÑOS CORRESPONDIENTES A LOS DIFERENTES TERMINOS MUNICIPALES AFECTADOS Y LA EFECTIVA NECESIDAD DE APLICAR TALES MEDIDAS EN LOS MISMOS.

AL COMPLETARSE LA INFORMACION DISPONIBLE INICIALMENTE SOBRE LAS CONSECUENCIAS DE DICHA EMERGENCIA SE ADVIERTE LA EXISTENCIA DE VARIOS TERMINOS MUNICIPALES QUE NO PUDIERON SER INCORPORADOS A LA ORDEN DE REFERENCIA POR LAS CAUSAS ANTERIORMENTE ALUDIDAS PERO QUE RESULTARON AFECTADOS, REALMENTE, POR DAÑOS EQUIVALENTES A LOS SUFRIDOS POR LOS MUNICIPIOS COMPRENDIDOS EN LA MISMA, POR LO QUE SE CONSIDERA NECESARIA, POR RAZONES DE JUSTICIA Y EQUIDAD, LA AMPLIACION DE LA DETERMINACION DE LOS TERMINOS MUNICIPALES ESTABLECIDA EN AQUELLA.

EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:

ARTICULO 1. LAS MEDIDAS REPARADORAS ESTABLECIDAS EN EL REAL DECRETO 1113/1989, DE 15 DE SEPTIEMBRE, AFECTARAN, ADEMAS DE A LOS MUNICIPIOS RELACIONADOS EN LA ORDEN DE 6 DE OCTUBRE A LOS SIGUIENTES:

PROVINCIA DE ALMERIA

ARMUÑA DE ALMANZORA, BAYARQUE, LUCAR, SOMONTIN Y TAHAL.

PROVINCIA DE CASTELLON

AIN, BEIS, CABANES, CAUDIEL, CIRAT, CUEVAS DE VINROMA, CHOVAR, ESLIDA, GATOVA, SONEJA, EL TORO, TORRALBA DEL PINAR, TORRE ENDOMENCH, VILLAVIEJA.

PROVINCIA DE GRANADA

COMARCA BAZA-HUESCAR: HUESCAR, ORCE, FREILA Y CUEVAS DEL CAMPO.

COMARCA GUADIX-MARQUESADO: GOR, ALICUN DE ORTEGA, HUENEJA Y HUELAGO.

MONTES ORIENTALES: MORELABOR, PEDRO MARTINEZ, GOBERNADOR.

ZONA ALHAMA-TEMPLE-LOJA:

ZAGRA.

VEGA DE GRANADA: VILLANUEVA DE MESIA.

ALPUJARRA-CONTRAVIESA: CADIAR, LOBRAS, CASTARAS, TORVIZCON, BUSQUISTAR, LA TAHA, PAMPANEIRA, BERCHULES.

VALLE DE LECRIN: EL PINAR.

PROVINCIA DE VALENCIA

ESTUBENY, SELLENT, CARCER.

ART. 2. A LOS TERMINOS MUNICIPALES, DETERMINADOS EN EL ARTICULO ANTERIOR, LES SERAN DE APLICACION LAS MEDIDAS DISPUESTAS EN EL REAL DECRETO 1113/1989, DE 15 DE SEPTIEMBRE, EN RELACION CON LOS DAÑOS QUE HAYAN AFECTADO A CADA UNO DE LOS MISMOS.

IGUALMENTE LES PODRA SER DE APLICACION CUALQUIER OTRA DISPOSICION QUE SE DICTE CON LA MISMA FINALIDAD DE CONTRIBUIR A LA REPARACION DE LOS DAÑOS CAUSADOS.

ART. 3. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 10 DE NOVIEMBRE DE 1989.

CORCUERA CUESTA

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 10/11/1989
  • Fecha de publicación: 11/11/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 11/11/1989
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 296, de 11 de diciembre de 1989 (Ref. BOE-A-1989-29071).
Referencias anteriores
Materias
  • Andalucía
  • Catástrofes
  • Comunidad Valenciana
  • Comunidades Autónomas

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