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Documento BOE-A-1989-11298

Orden de 9 de mayo de 1989 sobre composición y funcionamiento de la Junta de Compras.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 1989, páginas 14916 a 14916 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1989-11298
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1989/05/09/(2)

TEXTO ORIGINAL

CREADO EL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES POR REAL DECRETO 727/1988, DE 11 DE JULIO, RESULTA PRECISO CONSTITUIR LA JUNTA DE COMPRAS.

EN SU VIRTUD, PREVIA APROBACION DEL MINISTRO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, DISPONGO:

PRIMERO.

LA JUNTA DE COMPRAS DEL DEPARTAMENTO QUEDA CONSTITUIDA DE LA SIGUIENTE FORMA:

PRESIDENTE: EL DIRECTOR GENERAL TECNICO Y DE SERVICIOS.

VICEPRESIDENTE PRIMERO: EL SUBDIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS.

VICEPRESIDENTE SEGUNDO: EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA PRESUPUESTARIA.

VOCALES: UN REPRESENTANTE DE CADA UNA DE LAS DIRECCIONES GENERALES DEL DEPARTAMENTO.

SECRETARIO: EL JEFE DEL SERVICIO DE GESTION ECONOMICA.

SEGUNDO. EL PRESIDENTE DE LA JUNTA PODRA DISPONER LA INCORPORACION A LAS REUNIONES DE LA MISMA, EN CALIDAD DE ASESORES, CON VOZ PERO SIN VOTO, DE AQUELLOS FUNCIONARIOS DEL DEPARTAMENTO CUYA COLABORACION SE ESTIME CONVENIENTE POR LA ESPECIALIZACION DE LOS ASUNTOS A TRATAR O LA NATURALEZA DE LAS ADQUISICIONES A REALIZAR.

TERCERO. CUANDO LA JUNTA ACTUE COMO MESA DE CONTRATACION FORMARAN PARTE DE LA MISMA UN ABOGADO DEL ESTADO DEL SERVICIO JURIDICO DEL DEPARTAMENTO Y EL INTERVENTOR DELEGADO DE LA INTERVENCION GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN EL MINISTERIO.

CUARTO. SON ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DE COMPRAS DEL DEPARTAMENTO, LAS QUE ESTABLECE EL DECRETO 3186/1968, DE 26 DE DICIEMBRE, ASI COMO LAS QUE, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL REGLAMENTO GENERAL DE CONTRATACION DEL ESTADO, LE ENCOMIENDE EL TITULAR DEL DEPARTAMENTO, SIENDOLES ASIGNADOS TODOS LOS CREDITOS CONSIGNADOS EN LOS PRESUPUESTOS DEL DEPARTAMENTO QUE SE CORRESPONDAN A FUNCIONES QUE LE SON PROPIAS.

QUINTO. A TENOR DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 4. DEL DECRETO 3186/1968, LAS FUNCIONES ATRIBUIDAS A LA JUNTA DE COMPRAS DE ESTE DEPARTAMENTO, EN RELACION CON EL MATERIAL DE OFICINA NO INVENTARIABLE, PUEDEN SER DELEGADAS EN LA CORRESPONDIENTE UNIDAD FINANCIERA DE LA DIRECCION GENERAL TECNICA Y DE SERVICIOS, Y EN LA HABILITACION DE MATERIAL DEL DEPARTAMENTO, QUE ACTUARA CONFORME A LAS INSTRUCCIONES QUE RECIBA DE LA PROPIA JUNTA DE COMPRAS.

SEXTO. LAS RELACIONES DE ADQUISICION DE MATERIAL MOBILIARIO Y DE OFICINA INVENTARIABLE A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 17 DEL DECRETO 3186/1968, SERAN REMITIDAS AL SERVICIO CENTRAL DE SUMINISTROS A TRAVES DE LA SECRETARIA DE LA JUNTA DE COMPRAS.

SEPTIMO. LAS PROPUESTAS DE COMPRA DE EQUIPOS INFORMATICOS Y DE AUTOMATIZACION DE OFICINAS, INCLUSO CUANDO SE REFIERAN A EQUIPOS SOMETIDOS AL REGIMEN DE ADQUISICION CENTRALIZADA, DEBERAN SER INFORMADAS POR LA COMISION MINISTERIAL DE INFORMATICA CON CARACTER PREVIO A SU ELEVACION A LA JUNTA DE COMPRAS.

OCTAVO. LA PRESENTE ORDEN ENTRA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 9 DE MAYO DE 1989.

FERNANDEZ SANZ

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 09/05/1989
  • Fecha de publicación: 19/05/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 20/05/1989
Referencias anteriores
Materias
  • Dirección General Técnica y de Servicios del Ministerio de Asuntos Sociales
  • Juntas de Compras
  • Ministerio de Asuntos Sociales
  • Organización de la Administración del Estado

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