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Documento BOE-A-1988-1269

Resolución de 4 de enero de 1988, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se modifica la Orden de 4 de marzo de 1987, que regula la importación de determinados productos textiles.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 1988, páginas 2159 a 2159 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1988-1269
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1988/01/04/(2)

TEXTO ORIGINAL

EL REGLAMENTO (CEE) NUMERO 3625/1987 DE LA COMISION, DE 1 DE DICIEMBRE DE 1987, HA MODIFICADO EL REGLAMENTO (CEE) NUMERO 4136/1986 DEL CONSEJO, DE 22 DE DICIEMBRE DE 1986, ESTABLECIENDO UN LIMITE CUANTITATIVO COMUNITARIO, REPARTIDO REGIONALMENTE, PARA LOS PRODUCTOS TEXTILES DE LA CATEGORIA 1 ORIGINARIOS DE LA INDIA, LO QUE REQUIERE LA CORRELATIVA MODIFICACION DE LA ORDEN DE 4 DE MARZO DE 1987, POR LA QUE SE REGULA LA IMPORTACION DE DETERMINADOS PRODUCTOS TEXTILES.

EN CONSECUENCIA, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 8. DE LA MENCIONADA ORDEN, DISPONGO:

PRIMERO. LA CATEGORIA 1 DEL

GRUPO I A

DEL ANEJO 2 A, DE LA ORDEN DE 4 DE MARZO DE 1987, DEBE QUEDAR DE LA SIGUIENTE FORMA:GRUPO I A CATEGORIA 1: ARGENTINA, BRASIL, BULGARIA, COREA DEL SUR, CHECOSLOVAQUIA, CHINA R. P., INDIA, PAKISTAN, PERU, RUMANIA, YUGOSLAVIA.

SEGUNDO. LA PRESENTE RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR EL DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 4 DE ENERO DE 1988. EL SECRETARIO DE ESTADO, MIGUEL ANGEL FERNANDEZ ORDOÑEZ.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/01/1988
  • Fecha de publicación: 21/01/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 21/01/1988
Referencias anteriores
Materias
  • Alfombras y tapices
  • Algodón
  • Artesanía
  • Calcetería
  • Confecciones
  • Cordelería
  • Envases
  • Fibras textiles
  • Géneros de Punto
  • Importaciones
  • Lana
  • Tejidos
  • Vestido

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