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Documento BOE-A-1987-28774

Orden de 30 de diciembre de 1987 por la que se fijan los módulos e índices correctores correspondientes al régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para el año 1988.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 31 de diciembre de 1987, páginas 38292 a 38294 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1987-28774
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1987/12/30/(1)

TEXTO ORIGINAL

EXCELENTISIMO E ILUSTRISIMO SEÑORES:

EL ARTICULO 102 DEL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, APROBADO POR REAL DECRETO 2028/1985, DE 30 DE OCTUBRE, ATRIBUYE AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA LA APROBACION DE LOS INDICES O MODULOS PARA LA DETERMINACION DE LAS CUOTAS TRIBUTARIAS EN EL REGIMEN SIMPLIFICADO. ESTA APROBACION PODRA TENER EFECTOS PARA UN PERIODO DE TIEMPO ANUAL O BIANUAL, AUNQUE EN ESTE ULTIMO CASO SE DETERMINARAN POR SEPARADO LOS INDICES CORRESPONDIENTES A CADA UNO DE LOS AÑOS COMPRENDIDOS.

LOS SECTORESDE ACTIVIDAD A LOS QUE, EN SU CASO, SERA APLICABLE EL REGIMEN ESPECIAL SIMPLIFICADO SON LOS COMPRENDIDOS EN EL ARTICULO 97 DEL MENCIONADO REGLAMENTO, CUYO CONTENIDO HA SIDO MODIFICADO POR EL REAL DECRETO 991/1987, DE 31 DE JULIO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 1 DE AGOSTO), CON EFECTIVIDAD A PARTIR DEL DIA 1 DE ENERO DE 1988.

EN CUMPLIMIENTO DE LO PREVISTO EN EL REGLAMENTO DEL IMPUESTO, LA ORDEN DE 23 DE DICIEMBRE DE 1985 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 30), MODIFICADA POR LA DE 24 DE MARZO DE 1986 Y LA ORDEN DE 26 DE DICIEMBRE DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 26), DETERMINO LOS MODULOS E INDICES CORRECTORES CORRESPONDIENTES AL REGIMEN SIMPLIFICADO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO PARA EL AÑO 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 31), ESTABLECIO LOS CITADOS MODULOS E INDICES PARA 1987.

SE HACE PUES NECESARIO APROBAR AHORA LOS MODULOS E INDICES CORRECTORES APLICABLES EN EL AÑO 1988, AJUSTADOS A LA MODIFICACION INTRODUCIDA POR EL ANTERIORMENTE CITADO REAL DECRETO 991/1987, DE31 DE JULIO, ASI COMO A LAS MODIFICACIONES DE LOS TIPOS DEL IMPUESTO EFECTUADAS POR LA LEY 33/1987, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1988.

EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA DISPUESTO:

ARTICULO 1. DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 98 Y 102 DEL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, APROBADO POR REAL DECRETO 2028/1985, DE 30 DE OCTUBRE, SE APRUEBAN LOS MODULOS E INDICES CORRECTORES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO DEL CITADO IMPUESTO, QUE FIGURAN EN EL ANEXO DE LA PRESENTE ORDEN, Y LAS INSTRUCCIONES PARA SU APLICACION QUE FORMAN PARTE DEL MISMO.

ART. 2. LOS MODULOS E INDICES CORRECTORES A QUE SE REFIERE EL ARTICULO ANTERIOR SERAN APLICABLES EXCLUSIVAMENTE EN EL AÑO 1988.

ART. 3.EL EPIGRAFE 822.32 DEL ANEXO DE LA ORDEN DE 26 DE DICIEMBRE DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 31), POR LA QUE SE DETERMINAN LOS MODULOS E INDICES CORRECTORES CORRESPONDIENTES AL REGIMEN SIMPLIFICADO PARA EL AÑO 1987, SE ENTENDERA RECTIFICADO EN SU REDACCION DE LA SIGUIENTE FORMA:

EP. 822.32 ALQUILER DE VEHICULOS DE TURISMO Y FURGONETAS SIN CONDUCTOR:

MODULOS/ DEFINICION/ UNIDAD/ CUOTA ANUAL/ LOS SUJETOS PASIVOS ACOGIDOS AL REGIMEN SIMPLIFICADO POR ESTE EPIGRAFE FORMULARAN SU DECLARACION-LIQUIDACION FINAL CORRESPONDIENTE A 1987 SEGUN DICHOS MODULOS O INDICES, REGULARIZANDO EN ELLA SUS RESTANTES DECLARACIONES-LIQUIDACIONES POR DICHO AÑO. CUANDO, COMO CONSECUENCIA DE ELLO, RESULTASEN CUOTAS A DEVOLVER, PODRAN SER DEDUCIDAS EN LAS DECLARACIONES-LIQUIDACIONES INMEDIATAMENTE POSTERIORES O SOLICITARSE SU DEVOLUCION EN LA DELEGACION O ADMINISTRACION DE HACIENDA CORRESPONDIENTE, SIN QUE EN TAL CASOPUEDA EFECTUARSE SU DEDUCCION EN DECLARACIONES-LIQUIDACIONES POSTERIORES.

LO QUE COMUNICO A V. E. Y V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 30 DE DICIEMBRE DE 1987.

SOLCHAGA CATALAN

EXCMO. SR. SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA E ILMO. SR. SECRETARIO GENERAL DE HACIENDA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/12/1987
  • Fecha de publicación: 31/12/1987
  • Publicada en núms. 313 a 2, de 31 de diciembre de 1987 a 2 de enero de 1988.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, estableciendo los Módulos e Índices Correctores para 1989: Orden de 19 de diciembre de 1988 (Ref. BOE-A-1988-29443).
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Epigrafe 822.32 del Anexo de la Orden de 26 de diciembre de 1986 (Ref. BOE-A-1986-33880).
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 98 y 102 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2028/1985, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-1985-22560).
Materias
  • Impuesto sobre el Valor Añadido

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