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Documento BOE-A-1987-19343

Resolución de 7 de agosto de 1987, de la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo, por la que se convoca y se dictan normas complementarias para la ejecución de la Orden de 5 de junio de 1987, sobre concesión de subvenciones para la creación, adecuación o equipamiento de Centros para impartir enseñanzas de Formación Profesional Ocupacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19 de agosto de 1987, páginas 25720 a 25722 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1987-19343
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1987/08/07/(1)

TEXTO ORIGINAL

LA ORDEN DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE 5 DE JUNIO DE 1987, PUBLICADA EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 9, REGULA LA CONCESION DE SUBVENCIONES, POR PARTE DEL INEM, PARA LA CREACION DE CENTROS DE FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL, ACONDICIONAMIENTO DE LOS EXISTENTES Y ADQUISICION DE EQUIPAMIENTO DOCENTE, SIEMPRE QUE SE DEN DETERMINADAS CIRCUNSTANCIAS.

LA DISPOSICION FINAL PRIMERA ESTABLECE QUE EL INEM REALIZARA, EN EL PLAZO DE DOS MESES A PARTIR DE LA PUBLICACION DE LA CITADA ORDEN, LA CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS FORMATIVOS, Y LAS CORRESPONDIENTES SOLICITUDES DE SUBVENCION CON CARGO AL EJERCICIO DE 1987.

EN VIRTUD DE LA ANTERIOR AUTORIZACION, ESTA DIRECCION GENERAL RESUELVE LO SIGUIENTE:

PRIMERO. SE ESTABLECE UN PLAZO DE DOS MESES, A CONTAR DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE LA PRESENTE RESOLUCION, PARA SOLICITAR LAS SUBVENCIONES ESTABLECIDAS EN LA ORDEN DE 5 DE JUNIO DE 1987, EN LA FORMA QUE MAS ADELANTE SE ESPECIFICA.

SEGUNDO. PODRAN SOLICITAR ESTAS SUBVENCIONES LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE ENUMERA EL ARTICULO 3. DE LA ORDEN DE 5 DE JUNIO DE 1987, QUE LA PRESENTE RESOLUCION DESARROLLA.

TERCERO. LAS SUBVENCIONES QUE SE OTORGUEN SERAN A FONDO PERDIDO, Y DESTINADAS EXCLUSIVAMENTE PARA LA CONSTRUCCION, ADQUISICION DE INMUEBLES Y SUS REFORMAS PARA ACONDICIONARLOS; ADAPTACION O AMPLIACION DE LAS INSTALACIONES YA EXISTENTES, Y ADQUISICION DEL EQUIPAMIENTO DOCENTE IDONEO REQUERIDO PARA EL DESARROLLO DE LAS ACCIONES DE FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL, SIGUIENDO LAS PRIORIDADES QUE SE ESTABLECEN EN EL ARTICULO 4. DE LA ORDEN DEL 5 DE JUNIO DE 1987.

CUARTO. LAS SOLICITUDES DE SUBVENCIONES NO PODRAN REFERIRSE A LA ADQUISICION DE INMUEBLES, OBRAS O EQUIPAMIENTO REALIZADOS CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE PRESENTACION DE LA SOLICITUD.

LA SOLICITUD DE SUBVENCION POR OBRA PODRA REFERIRSE A LA TOTALIDAD DE LA OBRA PROYECTADA, O A DISTINTAS FASES DE EJECUCION MATERIAL DE LA MISMA, DE ACUERDO CON EL CALENDARIO DE OBRA QUE DEBE ACOMPAÑAR EL PROYECTO.

QUINTO. LA SOLICITUD DE SUBVENCION SE PRESENTARA EN LA DIRECCION PROVINCIAL DEL INEM CORRESPONDIENTE, FORMALIZADA EN EL IMPRESO QUE SE ACOMPAÑA COMO ANEXO I A ESTA RESOLUCION, Y POR DUPLICADO.

LA SOLICITUD, INTEGRAMENTE CUMPLIMENTADO EL IMPRESO, DEBERA SER FIRMADA POR EL TITULAR DE LA EMPRESA, O POR QUIEN TENGA PODER SUFICIENTE PARA ELLO; AMBOS CASOS DEBERAN SER ACREDITADOS DE FORMA FEHACIENTE EN EL MOMENTO DE LA PRESENTACION DE LA SOLICITUD.

ASIMISMO, DEBERA ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD, EN EL MOMENTO DE SU PRESENTACION, LA SIGUIENTE DOCUMENTACION:

A) MEMORIA EN LA QUE CONSTEN, COMO MINIMO, LOS DATOS QUE SE RELACIONAN EN EL ANEXO 2 DE ESTA RESOLUCION.

B) PROYECTO FORMATIVO, QUE SE PLASMARA EN LOS FORMULARIOS QUE AL EFECTO FACILITARAN LAS DIRECCIONES PROVINCIALES DEL INEM.

SEXTA. LA DIRECCION PROVINCIAL DEL INEM, EN EL PLAZO DE CINCO DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA RECEPCION DE LA SOLICITUD, REMITIRA LOS DOS EJEMPLARES DE ESTA A LA SUBDIRECCION GENERAL DE GESTION DE FORMACION OCUPACIONAL, JUNTO CON LA DOCUMENTACION PRESENTADA, UNA VEZ COMPROBADO QUE SE ENCUENTRA CORRECTA.

ASIMISMO, REMITIRA UN INFORME SOBRE LOS DATOS CONSIGNADOS EN LA DOCUMENTACION, Y LA PROCEDENCIA O NO DE LA CONCESION, A JUICIO DE LA DIRECCION PROVINCIAL, EN BASE A LAS NECESIDADES DE FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL DE LA ZONA.

SEPTIMO. EN CASO DE OBSERVARSE ALGUN DEFECTO U OMISION EN LA DOCUMENTACION PRESENTADA, LE SERA NOTIFICADA ESTA CIRCUNSTANCIA AL INTERESADO, PARA QUE, EN EL PLAZO DE DIEZ DIAS HABILES, SE SUBSANE LA FALTA U OMISION OBSERVADOS, ADVIRTIENDOLE QUE, TRANSCURRIDO DICHO PLAZO SIN LLEVARSE A EFECTO ESTA SUBSANACION, SE ARCHIVARAN LAS ACTUACIONES REALIZADAS, SIN OTRO TRAMITE. TODO ELLO DE ACUERDO CON O ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 71 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

OCTAVO. LA SUBDIRECCION GENERAL DE GESTION DE FORMACION OCUPACIONAL RECABARA DEL SOLICITANTE CUANTOS DOCUMENTOS Y ACLARACIONES CONSIDERE NECESARIOS PARA COMPLETAR EL EXPEDIENTE, INCLUSO PODRA DISPONER SE LLEVEN A EFECTO LAS COMPROBACIONES OPORTUNAS DE LOS DATOS APORTADOS EN LA SOLICITUD O EN LA DOCUMENTACION QUE A ESTA ACOMPAÑE.

NOVENO. EN EL PLAZO DE UN MES, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA EN QUE FINALICE EL ESTABLECIDO PARA LA ADMISION DE SOLICITUDES, SE DICTARA RESOLUCION POR EL DIRECTOR GENERAL DEL INEM, DENEGANDO O CONCEDIENDO LA SUBVENCION SOLICITADA.

SI LA RESOLUCION ES DENEGATORIA, ESTA CONTENDRA LAS CAUSAS DE LA DENEGACION E INDICARA LOS RECURSOS QUE PROCEDAN Y EL PLAZO PARA SU INTERPOSICION. SI LA RESOLUCION ES CONCEDIENDO LA SUBVENCION, EN LA MISMA SE INDICARA QUE LA CONCESION DEFINITIVA, ASI COMO EL PAGO DE LA SUBVENCION, QUEDA CONDICIONADO A LA PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION QUE SE ESPECIFICA EN EL PUNTO SIGUIENTE.

DECIMO. UNA VEZ DICTADA LA RESOLUCION CONDICIONADA A QUE SE REFIERE EL PUNTO ANTERIOR, EL INTERESADO DEBERA APORTAR, EN EL PLAZO DE UN MES, CONTANDO A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACION DE LA RESOLUCION, Y DE ACUERDO CON EL ARTICULO 7.3 DE LA ORDEN DE 5 DE JUNIO DE 1987, LA SIGUIENTE DOCUMENTACION:

A) EN EL CASO DE SOLICITUD DE SUBVENCION PARA BIENES DE EQUIPO Y MOBILIARIO DOCENTE, RELACION DETALLADA DE LOS BIENES QUE SE SOLICITAN, CON INDICACION DE SUS ESPECIFICACIONES, DE LOS PRECIOS UNITARIOS Y DEL IMPORTE TOTAL, ACOMPAÑANDO PRESUPUESTOS DE LAS FIRMAS COMERCIALES CORRESPONDIENTES.

B) CUANDO LA SUBVENCION SE SOLICITE PARA CONSTRUCCION DE CENTROS DE NUEVA PLANTA, LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

UN EJEMPLAR DEL PROYECTO DE EJECUCION DE OBRA SUSCRITO POR TECNICO COMPETENTE, VISADO POR EL COLEGIO CORRESPONDIENTE, Y, QUE, EN TODO CASO, HABRA DE INCLUIR LA MEMORIA, PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS, PLANOS DE CONJUNTO, PRESUPUESTO DETALLADO POR CAPITULOS, COMPRENSIVO DE MEDICIONES, PRECIOS UNITARIOS Y COSTE TOTAL DE LA OBRA.

CALENDARIO DE EJECUCION DE LA OBRA.

CERTIFICADO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, DONDE SE ACREDITE EL PLENO DOMINIO SOBRE EL SOLAR A CONSTRUIR, Y SI ESTE ESTA GRAVADO CON ALGUNA CARGA.

C) PARA EL CASO DE ADQUISICION DE LOCALES O INMUEBLES Y SU ADAPTACION SERA NECESARIO APORTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACION:

DOCUMENTO DE OPCION DE COMPRA, EN EL QUE SE INDICARA LA FECHA DE CADUCIDAD DE LA OPCION Y CUANTIA DE LA MISMA.

PRESUPUESTO DETALLADO Y MEMORIA FIRMADA POR EL CONTRATISTA DE LAS OBRAS DE ADAPTACION. SI POR LA CUANTIA DE LAS OBRAS U OTRAS CAUSAS SE EXIGIERA LA ELABORACION DE UN PROYECTO, ESTE DEBERA AJUSTARSE A LO ESTABLECIDO EN LA LETRA B) ANTERIOR.

CERTIFICACION DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, EN EL QUE SE ACREDITE EL PLENO DOMINIO DEL VENDEDOR Y SITUACION DE CARGAS. EN ESTOS CASOS, Y PUESTO QUE LA FECHA DE ACREDITACION HA DE CORRESPONDERSE CON LA CONCESION DE LA AYUDA, LA RESOLUCION POR LA QUE DEFINITIVAMENTE SE OTORGUE LA SUBVENCION ESTARA CONDICIONADA A UNA NUEVA ACREDITACION REGISTRAL, REFERIDA A LA FECHA DE DICHA RESOLUCION.

D) CUANDO LA SUBVENCION SE SOLICITE PARA EL ACONDICIONAMIENTO O AMPLIACION DE LOS CENTROS YA EXISTENTES, SERAN NECESARIOS LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

PRESUPUESTO DETALLADO Y MEMORIA FIRMADA POR EL CONTRATISTA, EN EL CASO DE OBRAS DE MENOR CUANTIA, CONSIDERANDO COMO TALES LAS REFORMAS MENORES, SIEMPRE QUE NO AFECTEN A LA ESTRUCTURA DEL EDIFICIO, O QUE POR LA PROPIA SIMPLICIDAD NO PRECISE DE PROYECTO FACULTATIVO PARA SU EJECUCION. SI LA CUANTIA DE ELLAS U OTRAS CAUSAS EXIGIERAN LA ELABORACION DE UN PROYECTO, ESTE DEBERA AJUSTARSE A LO ESTABLECIDO EN LA LETRA B) ANTERIOR.

CERTIFICACION DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DONDE SE ACREDITE EL PLENO DOMINIO SOBRE EL SOLAR O INMUEBLE OBJETO DE LA SUBVENCION Y ESTADO DE CARGAS.

E) CUANDO LAS OBRAS A REALIZAR SEAN EN INMUEBLE CEDIDO O ARRENDADO SE APORTARAN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

CONTRATO U OPCION DE ARRENDAMIENTO, CON FECHA DE CADUCIDAD Y ESPECIFICACION, EN AMBOS CASOS, DE QUE SE PUEDAN AFECTAR LOS INMUEBLES A LOS FINES DE LA FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL.

LA DURACION DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO SERA, COMO MINIMO, DE DIEZ AÑOS, O SUPERIOR SI ASI LO FUERA EL PLAZO DE VIDA UTIL DE LOS BIENES SUBVENCIONADOS.

PRESUPUESTO DETALLADO Y MEMORIA FIRMADA POR EL CONTRATISTA DE LAS OBRAS DE ADAPTACION. SI LA CUANTIA DE ELLAS U OTRAS CAUSAS, EXIGIERA LA ELABORACION DE UN PROYECTO, ESTE DEBERA AJUSTARSE A LO ESTABLECIDO EN LA LETRA B) ANTERIOR.

F) ADEMAS DE LA DOCUMENTACION SEÑALADA, Y PARA CUALQUIERA DE LOS CASOS CONTEMPLADOS EN ESTE PUNTO DECIMO, EL SOLICITANTE DEBERA REMITIR LA DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 28 DE ABRIL DE 1986, PUBLICADA EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 30, Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL, A NO SER QUE ESTEN DEBIDAMENTE AUTORIZADOS PARA SU APLAZAMIENTO.

UNDECIMO. UNA VEZ COMPROBADO EL EXPEDIENTE, O TRANSCURRIDO EL PLAZO CONCEDIDO PARA ELLO, LA DIRECCION GENERAL DEL INEM, EN EL PLAZO DE LOS SESENTA DIAS SIGUIENTES, DICTARA NUEVA RESOLUCION RATIFICANDO LA ANTERIOR, O DEJANDOLA SIN EFECTO, SEGUN PROCEDA. DICHA RESOLUCION SE NOTIFICARA AL INTERESADO, DENTRO DE LOS DIEZ DIAS SIGUIENTES, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 79 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, REMITIENDOSE UNA COPIA DE LA MISMA, PARA SU CONOCIMIENTO, A LA DIRECCION PROVINCIAL DEL INEM CORRESPONDIENTE. DUODECIMO. LA RESOLUCION RATIFICANDO EL OTORGAMIENTO DE LA SUBVENCION CONTENDRA LOS SIGUIENTES EXTREMOS:

A) IMPORTE DE LA SUBVENCION CONCEDIDA, CON INDICACION DE LA CLASE DE INVERSION A QUE SE DEDICA. EN CASO DE SER VARIAS LAS CLASES DE SUBVENCIONES CUYA CONCESION SE RATIFICA, DICTARA UNA RESOLUCION POR CADA UNA DE ELLAS. SE DICTARA, IGUALMENTE, UNA RESOLUCION INDEPENDIENTE, SI ALGUNA DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS DE FORMA CONDICIONADA FUERA DEJADA SIN EFECTO.

B) AREAS FORMATIVAS O PLANES DE FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL, CON INDICACION DEL NUMERO DE PUESTOS DOCENTES QUE SE CREAN POR AULA (CLASES TEORICAS) Y TALLER (CLASES PRACTICAS) EN EL CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL OBJETO DE LA SUBVENCION.

C) RELACION DE BIENES DE EQUIPO, MOBILIARIO Y EQUIPO DIDACTICO A ADQUIRIR.

D) PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS Y DE ADQUISICION E INSTALACION DE MATERIAL Y EQUIPO DIDACTICO A ADQUIRIR, CON INDICACION DEL PLAZO DE VIDA UTIL PARA LA FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL ESTABLECIDO PARA LOS BIENES EN QUE SE HUBIESEN MATERIALIZADO LAS SUBVENCIONES.

E) CLAUSULA DE POSIBLE REVOCACION DE LA SUBVENCION POR INCUMPLIMIENTO POSTERIOR DE LAS CONDICIONES A QUE SE SUPEDITA.

F) CUALESQUIERA OTRAS ESPECIFICACIONES QUE SE ESTIMEN OPORTUNAS EN CADA CASO CONCRETO.

G) RECURSOS QUE PUEDAN INTERPONERSE A LA RESOLUCION, Y PLAZO PARA DICHA INTERPOSICION.

DECIMOTERCERO. EN EL PLAZO DE UN MES, A PARTIR DE LA ADQUISICION DE LOS BIENES O DE LA TERMINACION DE LAS OBRAS OBJETO DE LA SUBVENCION, DEBERA ACREDITARSE EL ASEGURAMIENTO DE LOS CITADOS BIENES, CONTRA LOS RIESGOS DE INCENDIO, ROBO O PERDIDA, SEGUN LA CLASE OBJETO DE LA SUBVENCION, FIGURANDO COMO PRIMER BENEFICIARIO EL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, HASTA EL MONTANTE DE LA CANTIDAD IMPORTE DE LA SUBVENCION, SEGUN SE SEÑALA EN EL ARTICULO 10 DE LA ORDEN DE 5 DE JUNIO DE 1987. LOS CAPITALES ASEGURADOS SERAN LOS ESTABLECIDOS COMO BASE PARA LA CONCESION DE LA SUBVENCION, Y EL PLAZO DE VIDA UTIL EL ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION DE CONCESION DE LA SUBVENCION.

DECIMOCUARTO. EN CASO DE TRANSMISION DE LA TITULARIDAD DE LA EMPRESA, LOS BIENES QUE HAYAN SIDO OBJETO DE ESTAS SUBVENCIONES DEBERAN CONTINUAR ADSCRITOS A LOS FINES DE LA FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL, EN LAS CONDICIONES OTORGADAS, O EN OTRO CASO, DEBERA DEVOLVERSE SU IMPORTE EN PROPORCION AL TIEMPO DE VIDA UTIL ESTABLECIDO PARA DICHOS BIENES, MANTENIENDOSE LAS MISMAS GARANTIAS, EN LA PARTE PROPORCIONAL PENDIENTE DE AMORTIZACION. SI LA ENTIDAD CESASE, POR CUALQUIER CAUSA, EN SU ACTIVIDAD, SE REINTEGRARA AL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO EL IMPORTE DE LA SUBVENCION EN LA FORMA ANTES INDICADA.

DECIMOQUINTO. COMPROBADA LA SUFICIENCIA DE LAS GARANTIAS ESTABLECIDAS EN LOS ARTICULOS DECIMOTERCERO Y DECIMOCUARTO DE ESTA RESOLUCION, EL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO EXPEDIRA EL OPORTUNO MANDAMIENTO DE PAGO.

DECIMOSEXTO. EL INCUMPLIMIENTO TOTAL O PARCIAL DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA RESOLUCION POR LA QUE SE CONCEDIO LA SUBVENCION, ORIGINARA LA INICIACION DEL OPORTUNO EXPEDIENTE DE DEVOLUCION AL INEM DE LAS CANTIDADES QUE PROCEDA, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 12 DE LA ORDEN YA CITADA DE 5 DE JUNIO DE 1987, DE LA QUE ESTA RESOLUCION ES DESARROLLO.

DISPOSICION ADICIONAL

LAS EMPRESAS O ENTIDADES QUE, A TENOR DE LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION DE 30 DE ENERO DE 1987 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 16 DE FEBRERO) DE LA DIRECCION GENERAL DEL INEM POR LA QUE SE CONVOCA LA PROGRAMACION DE CURSOS EN ENTIDADES COLABORADORAS DEL PLAN NACIONAL DE FORMACION E INSERCION PROFESIONAL, HUBIERAN PRESENTADO PROYECTOS FORMATIVOS O PLANES DE FORMACION EN EL AÑO 1987, NO TENDRAN NECESIDAD DE VOLVERLOS A PRESENTAR PARA EL MENCIONADO EJERCICIO ECONOMICO, AL EFECTUAR LA SOLICITUD DE LAS SUBVENCIO NES QUE REGULA LA PRESENTE RESOLUCION, HACIENDO CONSTAR EN LA SOLICITUD DICHA CIRCUNSTANCIA.DISPOSICION FINAL LA PRESENTE RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE COMUNICO A VV. SS. PARA SU CONOCIMIENTO Y A LOS EFECTOS OPORTUNOS.

MADRID, 7 DE AGOSTO DE 1987. EL DIRECTOR GENERAL (P. A., ARTICULO 9, REAL DECRETO 1458/1986), EL SUBDIRECTOR GENERAL DE GESTION DE RECURSOS.

SRES. SUBDIRECTORES GENERALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, DIRECTORES PROVINCIALES DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, Y DIRECTORES PROVINCIALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO.

ANEXO II

DATOS REQUERIDOS EN LA ELABORACION DE LA MEMORIA ANEXA A LA SOLICITUD

A) DATOS GENERALES:

1. DENOMINACION DE LA EMPRESA O ENTIDAD O RELACION DETALLADA DE LAS ENTIDADES AGRUPADAS MANCOMUNADAMENTE A ESTOS FINES.

2. CODIGO DE IDENTIFICACION FISCAL Y NUMERO DE INSCRIPCION DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

EN EL CASO DE ENTIDADES MANCOMUNADAS INDICAR EL CODIGO DE IDENTIFICACION FISCAL Y EL NUMERO DE INSCRIPCION EN LA SEGURIDAD SOCIAL DE CADA UNA DE ELLAS.

3. DOMICILIO LEGAL Y TELEFONO. NOMBRE DE LA PERSONA Y CARGO DE QUIEN LLEVA LAS GESTIONES FRENTE AL INEM. EN CASO DE ENTIDADES MANCOMUNADAS INDICAR EL DE CADA UNA DE ELLAS Y EL DE LA PERSONA QUE ACTUA EN SU NOMBRE ANTE EL INEM A ESTOS EFECTOS.

4. SECTOR DE LA ACTIVIDAD EN QUE SE ENCUENTREN ENCUADRADOS, Y ACTIVIDAD ESPECIFICA QUE REALICEN. SI REALIZAN VARIAS O DISTINTAS POR ENTIDADES INDICARLAS CONCRETAMENTE.

5. NUMERO DE TRABAJADORES POR ENTIDAD, BIEN INDIVIDUALIZADA O AGRUPADAS, CON LA CLASIFICACION POR GRUPOS PROFESIONALES.

B) DATOS PARA LA SUBVENCION:

1. CLASE DE SUBVENCION QUE SE SOLICITA (TRANSCRIBIR DE LA INSTANCIA).

2. INFORME SOBRE EL OBJETO DE LA FORMACION PROFESIONAL A REALIZAR EN RELACION CON LOS PUESTOS DE TRABAJO EXISTENTES EN LA ENTIDAD SOLICITANTE.

3. ESPECIFICACION DE LAS ACCIONES FORMATIVAS QUE SE VAN A IMPARTIR, CON INDICACION DE LAS ESPECIALIDADES PROFESIONALES A QUE AFECTAN. NUMERO DE PUESTOS DOCENTES SIMULTANEOS EN CLASES TEORICAS Y PRACTICAS Y NUMERO DE ALUMNOS/AÑO A FORMAR, CON INDICACION DE POSIBLE UTILIZACION DEL CENTRO PARA OTROS TIPOS DE FORMACION PROFESIONAL.

4. EN EL SUPUESTO DE QUE LA SUBVENCION VAYA DIRIGIDA PARA LA ADQUISICION DE MOBILIARIO, BIENES DE EQUIPO O EQUIPO DIDACTICO, SE ACOMPAÑARA RELACION INDIVIDUALIZADA DE SUS COMPONENTES, ESPECIFICACIONES Y COSTE ESTIMADO DE ADQUISICION.

5. CUANDO SE DESEE LA CREACION DE UN NUEVO CENTRO SE DEBERA INDICAR:

5.1 LAS CARACTERISTICAS DEL TERRENO DONDE SE PIENSA CONSTRUIR (SITUACION, SUPERFICIE, LINDEROS, TITULARIDAD).

5.2 CARACTERISTICAS DE LA CONSTRUCCION A REALIZAR Y PRESUPUESTO ESTIMADO GLOBAL DE LAS OBRAS.

6. CUANDO SE TRATE DE LA ADQUISICION DE UN LOCAL O INMUEBLE SE DEBERA INDICAR:

6.1 CARACTERISTICAS DEL LOCAL (METROS CUADRADOS, CONSTRUCCION Y SITUACION).

6.2 ACONDICIONAMIENTO A REALIZAR Y PRESUPUESTO TOTAL ESTIMADO.

7. DESCRIPCION DE LAS OBRAS A REALIZAR EN EL ACONDICIONAMIENTO DE CENTROS EN FUNCIONAMIENTO PARA LA MEJORA O AMPLIACION DE INSTALACIONES Y PRESUPUESTO APROXIMADO DE LAS MISMAS, JUSTIFICANDO SU NECESIDAD.

7.1 DESCRIPCION DEL CENTRO ACTUAL, CAPACIDAD PARA EL ALUMNADO, NUMERO DE AULAS Y TALLERES, BIENES DE EQUIPO EXISTENTES, MATERIAL DIDACTICO, MOBILIARIO, ETCETERA.

8. OTROS DATOS Y RAZONES NO CONCRETADAS EN LA PRESENTE RELACION QUE, A JUICIO DEL SOLICITANTE, SEA CONVENIENTE DAR A CONOCER.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/08/1987
  • Fecha de publicación: 19/08/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 19/08/1987
Referencias anteriores
Materias
  • Centros de enseñanza
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Instituto Nacional de Empleo
  • Subvenciones

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