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Documento BOE-A-1986-2387

Orden de 19 de enero de 1986 por la que se regula la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 1986, páginas 4031 a 4032 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1986-2387
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/01/19/(1)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMO SEÑOR:

EL REAL DECRETO 1434/1985, DE 1 DE AGOSTO, DE ORDENACION DE PUBLICACIONES OFICIALES, REGULA LA ACTIVIDAD EDITORIAL DE LOS DISTINTOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES, ASI COMO LAS LINEAS FUNDAMENTALES DE LA ORGANIZACION DE LAS UNIDADES ENCARGADAS DE LA GESTION DE DICHA ACTIVIDAD EDITORIAL.

EL ARTICULO 5. DEL MENCIONADO REAL DECRETO PREVE LA EXISTENCIA EN TODOS LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES DE UNA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES, PRESIDIDA POR EL SUBSECRETARIO, O, POR SU DELEGACION, POR EL SECRETARIO GENERAL TECNICO.

POR SU PARTE, LA DISPOSICION FINAL SEGUNDA PREVE LA DETERMINACION, MEDIANTE ORDEN MINISTERIAL, DE LA COMPOSICION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS RESPECTIVAS COMISIONES ASESORAS DE PUBLICACIONES.

EN SU VIRTUD, Y PREVIA APROBACION DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO, HE TENIDO A BIEN DISPONER:

ARTICULO 1. SE CONSTITUYE EN EL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR LA DISPOSICION FINAL SEGUNDA DEL REAL DECRETO 1434/1985, DE 1 DE AGOSTO, DE ORDENACION DE PUBLICACIONES OFICIALES.

ART. 2. LA COMPOSICION DE LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES ES LA SIGUIENTE:

PRESIDENTE: EL SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, O, POR SU DELEGACION, EL SECRETARIO GENERAL TECNICO DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES. VICEPRESIDENTE: EL SECRETARIO GENERAL TECNICO DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES.

VOCALES: UN REPRESENTANTE DE CADA UNO DE LOS CENTROS DIRECTIVOS, ENTIDADES Y ORGANISMOS AUTONOMOS DEL DEPARTAMENTO.

SECRETARIO: EL JEFE DEL CENTRO DE PUBLICACIONES Y DOCUMENTACION DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES.

ART. 3. LOS VOCALES DE LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES SE DESIGNARAN ENTRE FUNCIONARIOS CON NIVEL DE SUBDIRECTOR GENERAL, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 5. DEL REAL DECRETO 1434/1985, SIN PERJUICIO DE ASISTIR ACOMPAÑADOS POR EL FUNCIONARIO DE CUALQUIER NIVEL QUE CONSIDEREN CONVENIENTE.

PODRAN INCORPORARSE A LAS REUNIONES DE LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES, POR DECISION DEL PRESIDENTE, LOS FUNCIONARIOS DEL DEPARTAMENTO QUE, POR SU ESPECIALIDAD, SE JUZGUEN NECESARIOS PARA INTERVENIR EN ALGUN ASUNTO CONCRETO.

ART. 4. CORRESPONDE A LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES:

A) INFORMAR, PARA SU REMISION A LA JUNTA DE COORDINACION DE PUBLICACIONES OFICIALES, ANTES DEL DIA 10 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO, EL PROGRAMA EDITORIAL ANUAL DEL DEPARTAMENTO DEL SIGUIENTE EJERCICIO.

B) INFORMAR LAS PROPUESTAS DE EDICION QUE SE FORMULEN CON POSTERIORIDAD A LA APROBACION DEL PROGRAMA EDITORIAL, SIENDO PRECEPTIVO QUE ESTAS SE ACOMPAÑEN DE MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA NECESIDAD DE LA EDICION.

C) PROPONER, EN EL AMBITO DEPARTAMENTAL, LAS EXCEPCIONES A LA CENTRALIZACION DE LA ACTIVIDAD EDITORIAL A QUE SE REFIRE EL ARTICULO 2 DEL REAL DECRETO 1434/1985.

D) INFORMAR Y PROPONER LOS CRITERIOS NECESARIOS SOBRE EL REGIMEN DE DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE LAS PUBLICACIONES OFICIALES DEL DEPARTAMENTO.

E) PROPONER Y ELABORAR LOS PROYECTOS DE NORMAS QUE AFECTEN AL DEPARTAMENTO EN MATERIA DE PUBLICACIONES OFICIALES.

F) ORIENTAR LAS ACTIVIDADES EDITORAS Y DIFUSORAS DEL DEPARTAMENTO, PRESTANDO SU ASESORAMIENTO EN CUANTOS TEMAS TENGAN RELACION CON AQUELLAS.

G) INFORMAR LA MEMORIA ANUAL DE PUBLICACIONES.

H) ASESORAR A LA SECRETARIA GENERAL TECNICA EN ESTAS MATERIAS.

T. 5. LAS PROPUESTAS DE EDICION QUE SE FORMULEN CON POSTERIORIDAD A LA APROBACION DEL PROGRAMA EDITORIAL, PREVIO EL INFORME PREVISTO EN EL ARTICULO 4. , B) DE LA PRESENTE ORDEN, SERAN AUTORIZADAS POR EL PRESIDENTE DE LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES, SIENDO INCLUIDAS DESDE ESTE MOMENTO EN EL PROGRAMA EDITORIAL DEL DEPARTAMENTO, A EFECTOS DE LO PREVISTO EN EL ARTICULO 8 DEL REAL DECRETO 1434/1985.

ART. 6. LAS FUNCIONES DE LA SECRETARIA DE LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES SERAN LAS SIGUIENTES:

A) PRESTAR ASISTENCIA TECNICA A LA COMISION, Y EJECUTAR LOS ACUERDOS DE LA B) EMITIR CERTIFICACION ACREDITATIVA DE LA INCLUSION DE LAS PUBLICACIONES EN EL PROGRAMA EDITORIAL DEL DEPARTAMENTO, A EFECTOS DE LO PREVISTO EN EL ARTICULO 8. DEL REAL DECRETO 1434/1985.

C) ELABORAR LA MEMORIA ANUAL DE PUBLICACIONES.

D) MANTENER LAS COMUNICACIONES NECESARIAS CON LOS CENTROS DIRECTIVOS, ENTIDADES Y ORGANISMOS AUTONOMOS DEL DEPARTAMENTO, EN MATERIAS RELACIONADAS CON LAS COMPETENCIAS DE LA COMISION.

T. 7. LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES SE REUNIRA PRECEPTIVAMENTE PARA EL EJERCICIO DE LAS COMPETENCIAS PREVISTAS EN EL ARTICULO 6, A) Y C) DEL REAL DECRETO 1434/1985, DE 1 DE AGOSTO, DE ORDENACION DE LAS PUBLICACIONES OFICIALES, Y, AL MENOS UNA VEZ AL TRIMESTRE, PARA EL SEGUIMIENTO DE LA EJECUCION DEL PROGRAMA EDITORIAL DEL DEPARTAMENTO.

EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION SE AJUSTARA A LO ESTABLECIDO EN EL TITULO PRIMERO, CAPITULO II DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

ART. 8. LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES ES EL ORGANO DE RELACION DE LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES DEL DEPARTAMENTO CON LA JUNTA DE COORDINACION DE PUBLICACIONES OFICIALES.

ART. 9. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 22 DE ENERO DE 1986.

FERNANDEZ ORDOÑEZ ILMO. SR. SUBSECRETARIO.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/01/1986
  • Fecha de publicación: 29/01/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 30/01/1986
  • Fecha de derogación: 17/06/1994
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Comisiones Asesoras de Publicaciones
  • Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores

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