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Documento BOE-A-1986-18907

Resolución de 10 de julio de 1986, de la Secretaría General de Hacienda, por la que se modifica la de 27 de mayo de 1986, en relación con los modelos de actas de la Inspección de los Tributos.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 1986, páginas 25719 a 25720 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1986-18907
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1986/07/10/(2)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMOS SEÑORES:

LA RESOLUCION DE ESTA SECRETARIA GENERAL DE HACIENDA DE 27 DE MAYO DE 1986 APROBO LOS MODELOS DE ACTAS A EMPLEAR POR LA INSPECCION DE LOS TRIBUTOS, EN EJECUCION DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 49 DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA INSPECCION DE LOS TRIBUTOS Y EN EL ARTICULO 10 DE LA ORDEN DE 26 DE MAYO DE 1986.

A PESAR DEL ESCASO TIEMPO TRANSCURRIDO, CONVIENE RECTIFICAR EL ANEXO III DE LA CITADA RESOLUCION, QUE INCORPORA EL MODELO DE ACTA DE PRUEBA PRECONSTITUIDA, YA QUE EL APARTADO SEPTIMO DE ESTE MODELO NO RECOGE ADECUADAMENTE LA POSIBLE APLICACION, EN MAYOR MEDIDA A LA INICIALMENTE PENSADA Y DURANTE UN PERIODO TRANSITORIO, DEL INSTITUTO DE LA CONDONACION AUTOMATICA PRESENTE EN EL ARTICULO 88 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA, HASTA LA REFORMA DE 1985. TAMBIEN PROCEDE ADECUAR EL ANEXO QUINTO DE ESTA RESOLUCION PARA RECOGER LAS INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACION CONSIGUIENTES.

EN CONSECUENCIA, ESTA SECRETARIA GENERAL DE HACIENDA HA RESUELTO LO SIGUIENTE: PRIMERO. EL APARTADO SEPTIMO, EN EL REVERSO DEL ACTA MODELO S.G.H.A.05, QUE INCORPORA EL ANEXO III DE LA RESOLUCION DE 27 DE MAYO DE 1986, DE LA SECRETARIA GENERAL DE HACIENDA, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE ACTAS DE LA INSPECCION DE LOS TRIBUTOS, QUEDA REDACTADO ASI:

<7. LA INSPECCION ADVIERTE AL INTERESADO QUE, SI PRESTA SU CONFORMIDAD A LA PROPUESTA DE LIQUIDACION CONTENIDA EN EL ACTA, LA SANCION PECUNIARIA SE REDUCIRA EN ........> SEGUNDO. SE MODIFICA EL NUMERO 4 DEL APARTADO TERCERO DEL ANEXO V DE LA RESOLUCION DE 27 DE MAYO DE 1986, DE LA SECRETARIA GENERAL DE HACIENDA, AÑADIENDOSE UN NUMERO 5, CON LOS SIGUIENTES TEXTOS:

<4. EN EL ESPACIO EN BLANCO PUNTEADO DEL APARTADO QUINTO DEL ACTA SE SEÑALARA EL ORGANO ACTUANTE DE LA INSPECCION DE LOS TRIBUTOS ANTE EL QUE HAN DE FORMULARSE LAS ALEGACIONES, INDICANDOSE EN EL CORRESPONDIENTE ESPACIO PUNTEADO DEL APARTADO SEXTO EL TITULAR DE DICHO ORGANO A QUIEN COMPETE DICTAR EL ACTO DE LIQUIDACION O DE OTRA NATURALEZA QUE PROCEDA.

5. EN EL ESPACIO PUNTEADO DEL APARTADO SEPTIMO DEL ACTA SE DARA CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO TANTO EN EL PARRAFO SEGUNDO DEL APARTADO SEGUNDO DEL ARTICULO 61 DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA INSPECCION DE LOS TRIBUTOS, COMO EN LA LETRA C) DE LA DISPOSICION TRANSITORIA TERCERA DE ESTE MISMO REGLAMENTO. DE ESTA MANERA, CUANDO SEA DE APLICACION LA REDUCCION PREVISTA EN LA LETRA H) DEL ARTICULO 82 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA, SE INDICARA QUE LA SANCION PECUNIARIA SE REDUCIRA EN 50 PUNTOS PORCENTUALES CON UN MINIMO DEL 50 O DEL 150 POR 100, SEGUN PROCEDA. SI FUESE AUN DE APLICACION LA FIGURA DE LA CONDONACION AUTOMATICA, SE HARA MENCION DE QUE LA SANCION SE REDUCIRA EN UN 50 POR 100. FINALMENTE, EN EL ULTIMO INCISO DEL ACTA SE HARA REFERENCIA AL CARACTER DE PREVIA O DEFINITIVA DE ESTA.> LO QUE COMUNICO A VV. II.

MADRID, 10 DE JULIO DE 1986. EL SECRETARIO GENERAL DE HACIENDA, JUAN FRANCISCO MARTIN SECO.

ILMOS. SRES. DIRECTORES GENERALES DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES, DE INSPECCION FINANCIERA Y TRIBUTARIA, Y DEL CENTRO DE GESTION Y COOPERACION TRIBUTARIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/07/1986
  • Fecha de publicación: 16/07/1986
Referencias anteriores
Materias
  • Inspección fiscal

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