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Documento BOE-A-1986-1607

Corrección de erratas de la Orden de 4 de diciembre de 1985, de desarrollo del Real Decreto 1945/1985, de 9 de octubre, por la que se regula la hemodonación y los bancos de sangre, determinando con carácter general requisitos técnicos y condiciones mínimas en la materia.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 1986, páginas 2944 a 2944 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1986-1607
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/12/04/(3)/corrigendum/19860121

TEXTO ORIGINAL

Padecidos errores en la inserción de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 300, de fecha 16 de diciembre de 1985, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 39570, columna izquierda, epígrafe 5.2.2, donde dice: «Tensión arterial: ... y la distólica...», debe decir. «Tensión arterial: ... y la diastólica...».

En la página 39572, columna izquierda, epígrafe 23.3, último párrafo, donde dice: «Los métodos empleados, tanto en el procedimiento...», debe decir: «Los métodos empleados, tanto en el procesamiento...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 21/01/1986
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1854/1993, de 22 de octubre (Ref. BOE-A-1993-27728).
  • Fecha de derogación: 21/11/1993
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Orden de 4 de diciembre de 1985 (Ref. BOE-A-1985-26097).
Materias
  • Bancos de sangre
  • Comunidades Autónomas
  • Donantes de sangre
  • Hemoterapia
  • Hospitales
  • Laboratorios
  • Sangre

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