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Padecidos errores en la inserción del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 310, de fecha 27 de diciembre de 1985, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 40557, en el artículo 6. 1. donde dice: «... la dirección del Consejo...». debe decir: «... la dirección y representación del Consejo...».
En la página 40557, en el artículo 9. 1. a), quinta línea, donde dice: «a) Enseñanza pública:...», debe, decir: «Enseñanza pública:...».
En la página 40557, en el artículo 9. 2. tercera línea, donde dice: «... a las correspondiente...», debe decir: «... a la correspondiente...».
En la página 40557, en el artículo 10. 2, donde dice: «El mandato del los...», debe decir: «El mandato de los...».
En la página 40557, en el artículo 16.1. d), segunda línea, donde dice: «... sometids...», debe decir: «...sometidas...».
En la página 40557, en el artículo 16, 2, b), donde dice: «Aprobar y elaborar...», debe decir: «Aprobar y elevar..,».
En la página 40557, en el artículo 17, cuarta línea, donde dice: «... los que les someta...», debe decir: «...los que le someta...».
En la página 40558, en el artículo 24, 1, donde dice: «La Comisión. permanente dedicirá...». debe decir: «La Comisión permanente decidirá...».
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