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Documento BOE-A-1985-25541

Orden de 2 de diciembre de 1985 por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Sanidad y Consumo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 7 de diciembre de 1985, páginas 38702 a 38702 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1985-25541
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/12/02/(1)

TEXTO ORIGINAL

EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 5. Y DISPOSICION FINAL SEGUNDA DEL REAL DECRETO 1434/1985, DE 1 DE AGOSTO, DE ORDENACION DE LAS PUBLICACIONES OFICIALES, SE HACE NECESARIO PROCEDER A LA FIJACION DE LA COMPOSICION Y LAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO. A ESTOS EFECTOS, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR DICHO REAL DECRETO Y PREVIA APROBACION DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DISPONGO:

PRIMERO.-LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO, ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 5. DEL REAL DECRETO 1434/1985, DE 1 DE AGOSTO, DE ORDENACION DE PUBLICACIONES OFICIALES, ESTARA INTEGRADO POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS:

PRESIDENTE: EL SUBSECRETARIO DE SANIDAD Y CONSUMO.

VICEPRESIDENTE: EL SECRETARIO GENERAL TECNICO, QUE ACTUARA DE PRESIDENTE POR DELEGACION.

VOCALES: UN REPRESENTANTE, CON NIVEL DE SUBDIRECTOR GENERAL DE LAS SIGUIENTES UNIDADES DEL DEPARTAMENTO:

- SUBSECRETARIA DE SANIDAD Y CONSUMO.

- SECRETARIA GENERAL PARA EL CONSUMO.

- DELEGACION DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS.

- GABINETE DEL MINISTRO.

- DIRECCION GENERAL DE SALUD PUBLICA.

- DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION SANITARIA.

- DIRECCION GENERAL DE FARMACIA Y PRODUCTOS SANITARIOS.

- DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS.

- DIRECCION GENERAL DE INSPECCION DEL CONSUMO.

- DIRECCION GENERAL DE CONTROL Y ANALISIS DE LA CALIDAD.

- INSTITUTO NACIONAL DEL CONSUMO.

- INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD.

SECRETARIO: EL SUBDIRECTOR GENERAL JEFE DEL CENTRO DE PUBLICACIONES.

SEGUNDO.-ADEMAS DE LOS MIEMBROS MENCIONADOS EN EL APARTADO ANTERIOR, PODRAN ASISTIR A LOS REUNIONES DE LA COMISION ASESORA, CUANDO EXPRESAMENTE SEAN CONVOCADOS PARA ELLA, LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS QUE POR SU ACTIVIDAD O ESPECIALIZACION SEA CONVENIENTE SU INTERVENCION EN ALGUN TEMA CONCRETO.

TERCERO.-LA COMISION ASESORA PODRA ACTUAR EN PLENO O EN COMISION PERMANENTE.

LA COMISION PERMANENTE, PRESIDIDA POR EL SECRETARIO GENERAL TECNICO ESTAR INTEGRADA POR DOS VOCALES, DESIGNADOS A ESTOS EFECTOS POR EL PLENO, ACTUANDO DE SECRETARIO DE LA MISMA EL SUBDIRECTOR GENERAL JEFE DEL CENTRO DE PUBLICACIONES.

CUARTO.-LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES TENDRA LAS SIGUIENTES FUNCIONES:

A) INFORMAR EL PROGRAMA ANUAL DEL DEPARTAMENTO, ASI COMO LAS PROPUESTAS DE EDICION QUE SE FORMULEN CON POSTERIORIDAD A LA APROBACION DEL MISMO.

B) ORIENTAR LAS ACTIVIDADES EDITORAS Y DIFUSORAS DEL DEPARTAMENTO, PRESTANDO SU ASESORAMIENTO EN CUANTOS TEMAS TENGAN RELACION CON AQUELLAS.

C) INFORMAR LA MEMORIA ANUAL DE PUBLICACIONES.

D) ASESORAR A LA SECRETARIA GENERAL TECNICA EN LOS TEMAS RELACIONADOS CON LAS EDICIONES.

QUINTO.-LAS PROPUESTAS DE EDICION QUE SE FORMULEN CON POSTERIORIDAD A LA APROBACION DEL PROGRAMA EDITORIAL, PREVIO EL INFORME PREVISTO EN EL PARRAFO A) DEL APARTADO ANTERIOR, SERAN AUTORIZADAS POR EL PRESIDENTE DE LA COMISION ASESORA DE PUBLICACIONES, SIENDO INCLUIDAS, DESDE ESE MOMENTO EN EL PROGRAMA EDITORIAL DEL DEPARTAMENTO A EFECTOS DE LO PREVISTO EN EL ARTICULO 8. DEL REAL DECRETO 1434/1985.

MADRID, 2 DE DICIEMBRE DE 1985.-LLUCH MARTIN.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/12/1985
  • Fecha de publicación: 07/12/1985
  • Fecha de derogación: 24/12/1986
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Comisiones Asesoras de Publicaciones
  • Ministerio de Sanidad y Consumo
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Sanidad y Consumo
  • Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Consumo

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