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El Tribunal Constitucional, por Auto de 17 de octubre actual, dictado en el recurso de inconstitucionalidad númeto 376/1985, promovido por el Presidente del Gobierno contra los artículos 1, 17, 18, 19, 20.a), 21, 22 y 31 de la Ley del Parlamento de Galicia 12/1984, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto Gallego del Consumidor y Usuario, ha acordado ratificar la suspensión de la vigencia de la referida Ley, por lo que se refiere a los artículos que han sido objeto de impugnación, cuya suspensión se dispuso mediante providencia de 16 de mayo último, por haber invocado el Gobierno el articulo 161.2 de la Constitución.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 17 de octubre de 1985.-El Presidente del Tribunal Constitucional, Manuel Garcia-Pelayo Alonso.
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