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Con objeto de dar efectividad al acuerdo número noveno del laudo dictado el 26 de abril de 1983 por el Tribunal Arbitral, previsto en el artículo 102 del Real Decreto 2205/1980, de 13 de junio, referido a la publicación de vacantes con ocasión de la contratación de personal laboral al servicio de la Administración Militar y de establecer un control de las estructuras ocupacionales de la misma que permita un conocimiento real de las auténticas necesidades de dicho personal laboral, oído el Comité General de Trabajadores de la Administración Militar y a propuesta de la Subsecretaría de Defensa, dispongo:
Artículo 1. 1. Las vacantes del personal civil no funcionario de la Administración Militar que se produzcan por cualquier causa en los Establecimientos dependientes de la misma se comunicarán a la Dirección General de Personal (Subdirección General de Personal Civil) del Ministerio de Defensa, a través de los respectivos Cuarteles Generales.
2. En dicha comunicación se indicará la categoría de la vacante producida, causa de ésta y fecha de la misma, señalando los datos personales del trabajador que la venía desempeñando, con expresa indicación, cumplidamente justificada, de la necesidad de su cobertura, adoptándose la resolución procedente, a los efectos prevenidos en el artículo 16 del Real Decreto 2205/1980, de 13 de junio.
Art. 2. A fin de que las vacantes producidas puedan ser conocidas con el necesario carácter de generalidad, condicionado a los superiores intereses de la Defensa, se dará a las mismas la publicidad adecuada con la debida periodicidad.
Art. 3. Las vacantes serán cubiertas teniendo en cuenta los resultados de los concursos de traslado del personal laboral al servicio de la Administración Militar y, en su defecto, mediante la oportuna contratación en los términos prevenidos en el artículo 14 del Real Decreto 2205/1980, de 13 de junio.
Art. 4. La Oficina de Colocación, integrada en la Sección Laboral Central de la Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa, asumirá las funciones de control y coordinación de la política de empleo del personal laboral al servicio de la Administración Militar.
Madrid, 12 de abril de 1984.-SERRA SERRA.
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