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Durante estos últimos años se ha venido observando en el vigente cuadro de inutilidades para ingreso en la Escuela Naval Militar, aprobado por Orden 128/1982, de 14 de septiembre <Boletín Oficial del Estado> número 242/1982 y <Diario Oficial> número 236/1982), la existencia de omisiones con alguna Entidad clínica que actualmente adquiere gran significación respecto a la aptitud psicofísica de los opositores y hace preciso actualizar conceptos clínicos, desde el punto de vista de su importancia en cuanto a la referida aptitud.
Por lo tanto, existe la urgente necesidad de ampliar el cuadro de inutilidades que afecta a los aspirantes a ingreso en los Cuerpos y Especialidades de la Armada, como resolución de las frecuentes consultas que vienen planteando las Juntas de Reconocimiento de las diversas Zonas Marítimas.
En su virtud, a propuesta del Almirante-Jefe del Departamento de Personal y de conformidad con el Estado Mayor de la Armada, dispongo:
Artículo único.-Se amplía el cuadro de inutilidades para ingreso en los Cuerpos y Especialidades de la Armada, <anexo> a la Orden 128/1982, de 14 de septiembre, incluyendo un punto 1.15, en el grupo 1. Enfermedades Generales, con la siguiente redacción:
1.15 Presentar evidencias comprobables analíticamente de consumir estupefacientes o psicotrópicos sin prescripción médica.
Madrid, 11 de abril de 1984.-SERRA SERRA.
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