Contingut no disponible en català
La aptitud psicofísica para el ingreso en la Escuela naval Militar se rige por el cuadro de inutilidades promulgado por la orden 128/1982, de 14 de septiembre (<Boletín Oficial del Estado> número 242/1982 y <Diario Oficial> número 236/1982).
Los criterios oftalmológicos aplicados para ingresar en el Cuerpo General de la Armada y los exigidos para determinadas especialidades de dicho Cuerpo presentan acusadas diferencias, lo que reduce hasta extremos indeseables el número de Oficiales que pueden optar a tales especialidades.
Por lo expuesto, es necesario modificar el cuadro de inutilidades para ingreso en los Cuerpos y Especialidades de la Armada.
En su virtud, a propuesta razonada del Almirante-Jefe del Departamento de Personal y de conformidad con el Estado Mayor de la Armada, dispongo:
Artículo único.-A partir de la fecha de publicación de esta disposición, quedan modificadas las condiciones específicas de los diferentes Cuerpos y Especialidades relativas al grupo 10, <Afecciones y defectos físicos del aparato de la visión>, del cuadro de inutilidades para ingreso en los Cuerpos y Especialidades de la Armada, aprobado por Orden 128/1982, de 14 de septiembre, con las condiciones que figuran en el <anexo> a esta Orden.
DISPOSICION TRANSITORIA
Las nuevas condiciones serán de aplicación a partir de la convocatoria del año 1985, quedando excluidos de las mismas los opositores que hayan concurrido a alguna anterior a dicho año, para los que regirán las condiciones anteriores.
Madrid, 4 de abril de 1984.-SERRA SERRA.
ANEXO QUE SE CITA
Modificación al anexo a la Orden 128/1982
CUADRO DE INUTILIDADES PARA INGRESO EN LOS CUERPOS Y ESPECIALIDADES DE LA ARMADA
1. Nueva redacción de los puntos que figuran a continuación de las condiciones específicas de los diferentes Cuerpos y Especialidades del grupo 10, <Afecciones y defectos físicos del aparato de la visión>.
Grupo A1: Aspirantes a ingreso en la Escuela Naval Militar para el Cuerpo General.
Para cursos de helicópteros y arma aérea se aplicarán las normas que aplique el Centro de Investigación y Medicina Aeroespacial (CIMA).
Grupo A2: Oficiales del Cuerpo General para la Especialidad de Submarinos. Suboficiales de IMECAR para la Especialidad de Radar. Buceadores de combate. Especialistas de marinería, excepto Escribientes.
10.28.1 Aspirantes a ingreso en la Escuela Naval Militar para el Cuerpo General (Grupo A.1). No se admiten endoforias superiores a 10 Dp, exoforias superiores a 10 Dp, e hiperforias superiores a 1,5 Dp.
Para cursos de helicópteros y arma aérea se aplicarán las normas que aplique el CIMA.
10.30 Visión en profundidad. Aspirantes a ingreso en la Escuela Naval Militar para el Cuerpo General Grupo A1) No debe existir error en los grupos B, C y D del sistema AFVT y si existe no se debe cometer errores empleando el sistema VERHOEFF.
Para cursos de helicópteros y arma aérea se aplicarán las normas que aplique el CIMA.
En los demás grupos no se admitirán trastornos en la visión en profundidad.
10.31.1 La aptitud Vc1 se aplicará a los aspirantes a ingreso en la Escuela Naval Militar para el Cuerpo General, aspirantes al curso de helicópteros y arma aérea (según normas que aplique el CIMA) y Oficiales de submarinos del Cuerpo General.
10.32.1 Se aplicará el grupo A1.
Visión sin corrección 2/3 en cada ojo
Visión con corrección 1 (20/20) en cada ojo.
Máximas correcciones permitidas (bajo ciclopegía)
Miopía: - 0,50 D.
Hipermetropía: + 3 D.
Astigmatismo: O,75 D
Para aspirantes al curso de helicópteros y arma aérea se aplicarán las normas que aplique el CIMA.
2. Corrección del anexo al cuadro de inutilidades para ingreso en los Cuerpos y Especialidades de la Armada.
2.1 La línea correspondiente al grupo A1 queda corregida en el sentido siguiente:
Agudeza visual sin corrección: 2/3 en cada ojo.
Agudeza visual con corrección: 1 (20/20) en cada ojo.
Miopía: - 0,50 D.
Hipermetropía: + 3 D.
Astigmatismo simple y combinado: 0,75 D Visión próxima sin corrección: 1 (20/20)
Heteroforias: Endo: No más de 10 Dp.
Exo: No más de 10 Dp.
Hiper: No más de 1,5 Dp.
Test Lancáster: No se admitirá presencia diplopia a 50 centímetros del centro de la pantalla.
Visión profundidad: No debe existir error en los grupos B, C y D del sistema AFVT, y, si existe, no se debe cometer errores empleando el sistema VERHOEFF.
Visión nocturna: No debe existir ceguera nocturna.
Campo visual: No se tolerarán reducciones superiores a 15 en cualquier meridiano.
Colores: Aptitud Vc1 demostrada por las tablas de Ishihara. En caso de duda, con el empleo de las linternas de Beyne y de Farnsworth.
2.2 Los grupos que figuran al pie del cuadro quedan corregidos en el sentido siguiente:
Grupo A1: Aspirantes a ingreso en la Escuela Naval Militar para el Cuerpo General. Los candidatos a cursos de helicópteros y arma aérea se regirán por las normas que aplique el CIMA.
Grupo A2: Oficiales del Cuerpo General para las Especialidad de submarinos. Suboficiales de IMECAR para la Especialidad de radar Buceadores de combate. Especialistas de marinería, excepto Escribientes.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid