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Aprobada por la Asamblea de Madrid la Ley 3/1984, publicada en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" número 49, de fecha 27 de febrero de 1984, se inserta a continuación el texto correspondiente.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber: Que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
Artículo 1.º Modificaciones de crédito en los programas de la Consejería de Cultura, Deportes y Turismo:
a) Se concede suplemento de crédito, por importe de pesetas 85.382.246, a las siguientes partidas y programas:
Programa 80. Instalaciones y promoción deportiva.
Partida, denominación e importe:
2582.7180. Est. e Invest. educ., cult. y artis., 6.300.000 pesetas.
2590.7180. Otros gastos especiales funcionan., 3.000.000 de pesetas.
4725.7180. A entidades desarrollo cultural, 1.000.000 de pesetas.
Programa 82. Desarrollo socio-cultural.
2589.7180. Otros servicios especiales, 28.125.000 pesetas.
4351.7180. Promoción cultural municipal, 1.668.746 pesetas.
4725.7180. A entidades desarrollo cultural, 10.000.000 de pesetas.
Programa 83. Equipamiento cultural.
DISPOSICION FINAL
La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".
Por tanto, ordeno a todos tos ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan, y a los Tribunales y autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.
Madrid, 9 de febrero de 1984.
JOAQUIN LEGUINA,
Presidente de la Comunidad
("Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" número 49, de 27 de febrero de 1984.)
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