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Documento BOE-A-1984-3924

Real Decreto 3461/1983, de 28 de diciembre, por el que se amplía la relación de inmuebles traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco en virtud del Real Decreto 3069/1980, de 26 de septiembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 1984, páginas 3996 a 3996 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1984-3924
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1983/12/28/3461

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 3069/1980, de 26 de septiembre, sobre traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Fundaciones y Asociaciones culturales, libros y bibliotecas, cinematografía, música y teatro, juventud y promoción sociocultural, patrimonio histórico-artístico y deportes, aprobó el acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, tomado en su reunión del día 25 de septiembre de 1980, por el que se concretaban los servicios e instituciones y los medios materiales y personales que debían de ser objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco en las materias anteriormente enumeradas.

Advertida una omisión en el anexo al Real Decreto citado por el que se incorporaba el acuerdo de la mencionada Comisión Mixta, procede completar dicho anexo.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, a propuesta de los Ministros de Cultura y de Administración Territorial y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de diciembre de 1983,

DISPONGO:

Articulo 1.

Se complementa el inventario de bienes inmuebles traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco en virtud del Real Decreto 3069/1980, de 26 de septiembre, con la inclusión del inmueble que figura en la relación anexa a este Real Decreto, de conformidad con el acuerdo adoptado en su sesión del día 25 de septiembre de 1980 por la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco.

Artículo 2.

Queda traspasado a la Comunidad Autónoma del País Vasco el inmueble de referencia.

Artículo 3.

Este Real Decreto será publicado simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del País Vasco», adquiriendo vigencia a partir de su publicación.

Dado en Baqueira Beret a 28 de diciembre de 1983.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de la Presidencia,

JAVIER MOSCOSO DEL PRADO Y MUÑOZ

ANEXO
Relación de inmuebles traspasados

Nombre y uso: Sede social y Junta Centro. Tiro nacional. Localidad y dirección: San Sebastián. Alza. Situación jurídica: Propiedad.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 28/12/1983
  • Fecha de publicación: 15/02/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 15/02/1984
Referencias anteriores
  • AMPLIA la relación del Anexo I del Real Decreto 3069/1980, de 26 de septiembre (Ref. BOE-A-1981-2634).
  • CITA Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-30177).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Deporte
  • Ministerio de Cultura
  • País Vasco

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