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de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día 26 de los corrientes, acordó convalidar el Real Decreto-ley 11/1984, de 18 de julio, sobre protección de medios de transporte que se hallen en territorio española realizando viajes de carácter internacional.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
Palacio del Congreso de los Diputados a 27 de julio de 1984. El Presidente del Congreso de los Diputados, Gregorio Peces-Barba Martínez.
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