Contido non dispoñible en galego
En uso de la autorización concedida por el artículo 22.5 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, texto refundido aprobado por Decreto de 26 de julio de 1957, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3. del Real Decreto 3577/1982, de 15 de diciembre, previa la pertinente aprobación del Ministro del Departamento,
Esta Dirección General resuelve:
Queda modificado el número 8 de la Resolución de esta Dirección General de 30 de marzo de 1983 en el sentido que sigue:
<En los casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento legítimo de los órganos delegados, la delegación de facultades se entenderá atribuida del modo que sigue: Al Subdirector general de Promoción Pública, las atribuciones delegadas en el Secretario general en esta Resolución; al Subdirector general del Suelo, las del Subdirector general de Promoción Pública; al Subdirector general de Estudios y Planificación, las del Subdirector general de Promoción Privada; al Subdirector general de Administración, las del Subdirector general del Suelo; al Subdirector general de Promoción Privada, las del Subdirector general de Administración, y al Secretario general, las del Subdirector general de Estudios y Planificación.
Madrid, 3 de julio de 1984.-El Director general, José Luis González-Haba González.
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