El Decreto 851/1375, de 20 de marzo, por el que se establece la reglamentación de las sustancias y productos que intervienen en la alimentación de los animales, encomienda a este Ministerio la autorización de los mismos.
La orden del Ministerio de Agricultura de 23 de junio de 1976 (<Boletín Oficial del Estado> de 6 de septiembre), sobre autorización y registro de las sustancias y productos que intervienen en la alimentación de los animales, en su apartado cuarto, punto 1, prevé la introducción de modificaciones en las listas de productos aprobados por dicha disposición, a fin de mantener una continua adecuación de las disposiciones reguladoras a la dinámica que impone el progreso técnico para mejor servir los objetivos de la alimentación animal.
En consecuencia, y en uso de las facultades que concede a este Ministerio la disposición final cuarta del Decreto 851/1975, de 20 de marzo, por el que se establece la reglamentación de las sustancias y productos que intervienen en la alimentación animal, y previo informe favorable del Ministerio de Sanidad y Consumo, se dispone lo siguiente:
Primero.- El anejo I de la Orden del Ministerio de Agricultura de 23 de junio de 1976 queda modificado y ampliado según las especificaciones que se consignan en el referido anejo de la presente disposición.
Segundo.- Se faculta a la Dirección General de la Producción Agraria para dictar las disposiciones necesarias para mejor cumplimiento y desarrollo de lo dispuesto en la presente Orden.
Madrid, 5 de diciembre de 1983.- ROMERO HERRERA.
Anejo I omitido.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid