Advertido error por la omisión en el texto de la citada Ley, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 50, de fecha 27 de febrero de 1982, página 5185, se transcribe a continuación la oportuna rectificación, de acuerdo con la corrección de errores remitida por el Congreso de los Diputados.
En el artículo 14 añadir, tras el último Vocal, los siguientes:
-Un representante de la exhibición cinemaográfica.
-Un representante de críticos e historiadores cinematográficos.
-Un representante de la Federación de Cine-Clubs.
-Un representante de los laboratorios cinematográficos.
-Un representante de los Directores de cine.
-Dos representantes de técnicos y trabajadores de cine.
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