Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 231, de fecha 27 de septiembre de 1983, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
Página 26347 anejo II, modificaciones que se introducen en la disposición preliminar sexta, donde dice: «5.º Como excepción a lo establecido con carácter general…», debe decir: «5.º Como excepción a los límites de valor establecidos con carácter general…».
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