Está Vd. en

Documento BOE-A-1983-26413

Orden de 23 de septiembre de 1983 por la que se modifica el artículo 2.1 de la Orden de 10 de noviembre de 1982, reguladora de la prueba de conjunto y el proyecto de fin de carrera para la obtención de los títulos de Diplomado y Licenciado de la Marina Civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 4 de octubre de 1983, páginas 26975 a 26975 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1983-26413
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1983/09/23/(6)

TEXTO ORIGINAL

La Orden ministerial de 10 de noviembre de 1982 por la que se regulan la prueba de conjunto y proyecto de fin de carrera para la obtención de los títulos de Diplomado y Licenciado de la Marina Civil, al regular los Tribunales que han de juzgar tales pruebas, incluye entre sus miembros un Catedrático Numerario de Universidad, propuesto por este Ministerio.

Estimando que sería mucho más operativo, en orden a la constitución de tales Tribunales, que el Catedrático de Universidad que a este Ministerio corresponde proponer lo fuese directamente por el Rectorado en cuya demarcación radica la correspondiente Escuela Superior de la Marina Civil, parece aconsejable modificar tal precepto, en armonía con lo anteriormente expuesto.

En consecuencia, a propuesta del Ministerio de Transporces, Turismo y Comunicaciones, y previo informe de la Junta Nacional de Universidades,

Este Ministerio ha dispuesto:

Artículo único.- El artículo 2.1 de la Orden ministerial de 10 de noviembre de 1982, por la que se regulan la prueba de conjunto y el proyecto de fin de carrera para la obtención de los títulos de Diplomado y Licenciado de la Marina Civil, queda redactado de la siguiente forma:

<Los Tribunales que han de evaluar las calificaciones de los examinandos estarán compuestos por cinco miembros, de los cuales uno será Catedrático numerario de Universidad, propuesto por el Rectorado de la Universidad en cuya demarcacion radique la correspondiente Escuela Superior de la Marina Civil, salvo en el caso de la Escuela de Barcelona, que será propuesto por el Rectorado de la Universidad Politécnica, y los otros cuatro, Profesores de la Escuela. El Presidente será el de mayor antigüedad. Como Secretario actuará el de menor antigüedad.>

Madrid, 23 de septiembre de 1983.- MARAVALL HERRERO.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 23/09/1983
  • Fecha de publicación: 04/10/1983
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2.1 de la Orden de 10 de noviembre de 1982 (Ref. BOE-A-1982-30088).
Materias
  • Enseñanza Náutica
  • Escuelas Superiores de la Marina Civil
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Títulos académicos y profesionales

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid