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Documento BOE-A-1983-21046

Orden de 19 de julio de 1983 por la que se establecen Administraciones de Hacienda en determinadas provincias.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 1983, páginas 21208 a 21209 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1983-21046
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1983/07/19/(2)

TEXTO ORIGINAL

Ultimado el plan de implantación de Administraciones de Hacienda en las grandes Delegaciones de Hacienda por Ordenes ministeriales que completan las de las provincias de Madrid y Barcelona, procede agotar el programa previsto para el presente año en las restantes provincias españolas cumpliendo las previsiones elaboradas al efecto y haciendo uso de la autorización que concede la disposición final primera del Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero.

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.- 1. Se establecen las siguientes Administraciones de Hacienda:

a) Luarca, en la provincia de Asturias.

b) Inca, en la provincia de Baleares.

c) Aranda de Duero, en la provincia de Burgos.

d) Alcázar de San Juan, en la provincia de Ciudad Real.

e) Motril, en la provincia de Granada.

f) Monforte de Lemos, en la provincia de Lugo.

g) San Bartolomé de Tirajana, en la provincia de Las Palmas.

h) Béjar, en la provincia de Salamanca.

i) Macarena, en Sevilla.

j) Tortosa, en la provincia de Tarragona.

k) Talavera de la Reina, en la provincia de Toledo.

l) Valencia-Grao, en Valencia.

ll) Catarroja, en la provincia de Valencia.

m) Torrente, en la provincia de Valencia.

2. El ámbito territorial de cada una de las Administraciones de Hacienda a que se refiere el párrafo anterior es el que se señala en el anexo que se acompaña a esta Orden.

Segundo.- La Administración de Hacienda de Valencia-Sur, establecida por Orden de 14 de noviembre de 1979, pasará a denominarse de Sueca, perdiendo las zonas que se integran en las de Catarroja y Torrente y quedando su ámbito territorial limitado al área de la zona de recaudación de Sueca y los términos municipales de Alginet y Benifayó, de la antigua zona a extinguir de Carlet.

Tercero.- Por Orden ministerial se determinará la estructura orgánica, las funciones y la fecha de iniciación de las actividades de cada una de las Administraciones de Hacienda que se establecen.

Madrid, 19 de julio de 1983.- P. D., el Subsecretario, José Antonio Cortés Martínez.

ANEXO

Ambito territorial de las Administraciones de Hacienda

1. Administración de Luarca: Abarca el área de las zonas de recaudación primera y segunda de Luarca.

2. Administración de Inca: Abarca el área de la zona de recaudación de Inca.

3. Administración de Aranda de Duero: Abarca el área de la zona recaudatoria de Aranda de Duero.

4. Administración de Alcázar de San Juan: Abarca el área de la zona recaudatoria de Alcázar de San Juan.

5. Administración de Motril: Abarca el área de la zona recaudatoria de Motril.

6. Administración de Monforte de Lemos: Abarca el área de la zona recaudatoria de Monforte de Lemos.

7. Administración de San Bartolomé de Tirajana: Abarca el área de los términos municipales de San Bartolomé de Tirajana, Santa Lucía y Mogán.

8. Administración de Béjar: Abarca el área de la zona de recaudación de Béjar.

9. Administración de Macarena: Abarca el área del distrito municipal número 10, Macarena, de Sevilla.

10. Administración de Tortosa: Abarca el área de las zonas de recaudación primera y segunda de Tortosa.

11. Administración de Talavera de la Reina: Abarca el área de la zona recaudatoria de Talavera de la Reina.

12. Administración de Valencia-Grao: Abarca el área de los distritos municipales números 11 y 12 de Valencia, capital.

13. Administración de Catarroja: Abarca los términos municipales comprendidos en la antigua zona recaudatoria sexta de Valencia-pueblos, sin inclusión de los de la zona de Carlet, a extinguir.

14. Administración de Torrente, abarca el área de la zona de recaudación número 7 de Valencia-pueblos y los términos de Alfarp, Catadau, Llombay, Monserrat, Montroy y Real de Montroy, de la zona de Carlet, a extinguir.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/07/1983
  • Fecha de publicación: 30/07/1983
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final primera del Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero (Ref. BOE-A-1979-7817).
  • CITA Orden de 14 de noviembre de 1979 (Ref. BOE-A-1979-27194).
Materias
  • Administraciones de Hacienda
  • Delegaciones de Hacienda
  • Ministerio de Economía y Hacienda

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