México, D. F., 8 de junio de 1982.
Excelentísimo señor Secretario de Relaciones Exteriores.
Ciudad.
Señor Ministro:
Tengo la honra de informar a V. E. que el Convenio sobre Transporte Aéreo entre España y México, firmado el 31 de noviembre de 1978, tiene un plazo de vigencia, según su artículo 20, párrafo 2., de cuatro años.
Por ello, las Autoridades españolas por la presente Nota solicitan se proceda al oportuno Canje de Notas, para establecer la vigencia indefinida del Convenio o, caso de que la Parte mexicana no desee dicha vigencia indefinida, se establezca ésta por un nuevo período de cuatro años.
Aprovecho la ocasión, señor Ministro, para expresarle el testimonio de mi más alta y distinguida consideración.
El Embajador de España,
Eduardo Peña Abizanda
Tlatelolco, D. F.. 26 de octubre de 1982.
Señor Embajador:
Tengo a honra hacer nueva referencia a la atenta nota de esa Embajada, número 186, fechada el 8 de junio de 1982, en la que propone, a nombre del Gobierno español, que el Convenio sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de España, suscrito, en la ciudad de México el 21 de noviembre de 1978, se prorrogue, a partir del 21 de noviembre próximo, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 de su artículo 20.
En respuesta, tengo el agrado de comunicar a Vuestra Excelencia que mi Gobierno está de acuerdo en prorrogar el referido Convenio por un período de cuatro años, a partir del 21 de noviembre de 1982.
Aprovecho la oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi más alta consideración.
El presente Canje de Notas entró en vigor el día 21 de noviembre de 1982, de conformidad con lo dispuesto en las mismas.
Madrid, 17 de junio de 1983.-El Secretario general técnico, Ramón Villanueva Etchevarría.
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