Padecidos errores en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 66, de 18 de marzo de 1982, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 7106, en el artículo primero, en el cuadro de Incorporación de mercancías, columna de «Descripción mercancía», línea 9, donde dice: «Puertas, ventanas y marcos de puertas, de alumi-», debe decir: «Tapas de registro y rejas de desagüe», y en la línea 10, donde dice: «Tapas de registro y rejas de desagüe», debe decir: «Puertas, ventanas y marcos de puertas, de alumi-».
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