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Documento BOE-A-1982-4119

Resolución de 12 de febrero de 1982, de la Dirección General de la Energía, por la que se reajusta la participación de OFICO en la recaudación de las Empresas eléctricas.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 1982, páginas 4277 a 4278 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1982-4119
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1982/02/12/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

El apartado 6.º de la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 19 de enero de 1982, por la que se desarrolla el Real Decreto 46/1982, de 15 de enero, por el que se establecen nuevas tarifas eléctricas, mantiene en vigor el apartado 7.º de la Orden del mismo Departamento de 24 de enero de 1981, que dispone que por la Dirección General de la Energía se reajustará periódicamente la participación de OFICO en la recaudación de las Empresas eléctricas. El último de estos reajustes se llevó a cabo por Resolución de este Centro directivo de 14 de agosto de 1981, y habiéndose elevado las tarifa eléctricas de las Empresas acogidas al SIFE, con efectos a partir del 17 de enero de 1982, se debe fijar la participación de OFICO en la facturación de los consumos de energía eléctrica que tengan lugar a partir de la misma fecha.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por las citadas Ordenes ministeriales, esta Dirección General ha tenido a bien resolver:

Primero.

La participación de OFICO en la recaudación de las Empresas eléctricas correspondiente a los consumos de energía que tengan lugar desde el día 17 de enero de 1982, queda fijada en el 5,9 por 100 para todo el territorio nacional, estando sujetas a la misma también las ventas a Empresas distribuidoras del grupo III, definido en el apartado 7.º de la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 19 de julio de 1980. Las Empresas distribuidoras de este grupo III pueden deducir de su cotización a OFICO el mismo porcentaje de las cantidades abonadas a sus suministradores en aplicación de la tarifa E.3.

Segundo.

Queda derogada la Resolución de esta Dirección General de 14 de agosto de 1981, en cuanto se opone a lo dispuesto en la presente Resolución.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 12 de febrero de 1982.‒El Director general, José del Pozo Portillo.

Ilmo. Sr. Presidente de la Junta Administrativa de OFICO.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/02/1982
  • Fecha de publicación: 19/02/1982
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA en cuanto se oponga en cuanto se oponga por Orden de 22 de enero de 1983 (Ref. BOE-A-1983-2455).
Referencias anteriores
Materias
  • Energía eléctrica

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