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Ilustrísimos señores:
Creado por Real Decreto 2823/1981, de 27 de noviembre, el Ministerio de Sanidad y Consumo, es preciso determinar la composición de la Comisión Presupuestaria del mismo, en orden a lo dispuesto en el artículo 2.º del Real Decreto 2855/1979, de 21 de diciembre.
En su virtud, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno,
Este Ministerio ha tenido a bien disponen:
1.º Para elevar al titular del Departamento las propuestas que procedan respecto a la aprobación del anteproyecto del Presupuesto, la formulación de criterios de prioridad, la revisión de programas existentes y el seguimiento de su ejecución, se constituye la Comisión Presupuestaria, que, bajo la Presidencia del Subsecretario para la Sanidad y la Vicepresidencia del Director general de Servicios, estará integrada por el Secretario general Técnico, los Directores generales del Departamento y el Jefe de la Oficina Presupuestaria, que desempeñará las funciones de Secretario.
2.º. A dicha Comisión podrán incorporarse representantes de los Organismos autónomos del Departamento y de otras Unidades del mismo, que en cada caso acuerde convocar el Presidente de la misma.
3.º La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que diga a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 27 de enero de 1982.
NUÑEZ PEREZ
Ilmos. Sres. Subsecretario para la Sanidad y Director general de Servicios.
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