Ilustrísimos señores:
La disposición final segunda del Real Decreto 359/1981, de 5 de febrero por el que se aprobaba el Reglamento del Instituto de Cooperación Iberoamericana, preveía que por Orden ministerial se estableciesen las unidades orgánicas con nivel de sección o inferior, completándose así la estructura orgánica del Organismo.
En su virtud, este Ministerio, previo informe de la Secretarla General Técnica del Departamento, y con la aprobación de la Presidencia del Gobierno, ha tenido a bien disponer, de conformidad con las facultades que le confiere la disposición final segunda del citado Real Decreto, lo siguiente:
La estructura orgánica y funcional del Instituto de Cooperación Iberoamericana se acomodará a lo previsto en los Reales Decretos 2411/1979, de 11 de octubre, y 359/1981, de 5 de febrero, y a lo que se establece en la presente Orden.
1. Se adscribe a la Presidencia del Organismo, con nivel orgánico de Servicio, el Gabinete Técnico, al cual corresponderá la asistencia técnica, el asesoramiento y la gestión de los asuntos que le sean encomendados, formulando las propuestas que procedan.
2. Asimismo, y en directa dependencia del Presidente, a quien corresponderá el nombramiento de sus miembros, existirán un Gabinete Asesor, del que formarán parte hasta un máximo de diez personas elegidas en función de sus relevantes conocimientos en las materias propias de la competencia del Organismo, de las que tres serán hombradas Directores de Programas Específicos.
1. Se adscribe a la Vicepresidencia, con nivel orgánico de Servicio, el Gabinete Técnico, al cual corresponderá asistir, asesorar y gestionar en cuantos asuntos le sean encomendados, formulando las propuestas que procedan.
1. Son unidades de la Secretaría General:
A) Administración General, con nivel orgánico de Servicio.
B) Con nivel orgánico de Sección:
– Sección de Asuntos Sociales.
– Sección de Suministros y Obras.
– Sección de Protocolo.
– Sección de Gabinete Técnico.
2. Es órgano adscrito a la Secretaría General, sin perjuicio de su, funcionalidad en todas las áreas del Instituto:
A) La Biblioteca Hispánica, cuyo Director tendrá la categoría de Jefe de Servicio.
3. Además, y sin perjuicio de su vinculación funcional al Ministerio de Hacienda, se encuentra adscrita a dicha Secretaría General, la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado.
1. La Administración General dirigirá el Registro general, portería, Gabinete telegráfico correspondencia y Parque Móvil, así como la Gerencia general, presupuestos y contabilidad. Contará con la Sección de Presupuestos y Contabilidad y con cinco Negociados:
– Negociado de Presupuestos.
– Negociado de Asuntos Generales.
– Negociado de Expedientes de Gastos.
– Negociado de Pagaduría.
– Negociado de Registro General.
2. La Sección de Asuntos Sociales, desempeñará cuantas funciones, son propias en materia de personal, con un Negociado:
– Negociado de Tramitación Administrativa.
3. La Sección de Suministros y Obras ejercerá las funciones relativas a los contratos de obras, servicios y suministros, así como concesiones y reprografía.
4. La unidad de Protocolo tendrá como misión organizar y desarrollar la tarea de relación social del Organismo, así como las derivadas de los premios y distinciones del mismo.
5. El Gabinete Técnico ejercerá las labores de información, estudio de temas que se le sometan y propuesta de los mismos, así como la coordinación interior administrativa e institucional. Contará con un Negociado:
– Negociado de Estudios, Coordinación y Organos Colegiados.
Dependiendo directamente del Secretario general existirá:
1. El Negociado de Publicaciones, del que dependerá almacén, que desempeñará la tarea de editar las publicaciones que elabore el Instituto, a través de cualesquiera de sus órganos. Como órgano de consulta y selección de temas existirá la Comisión Asesora de Publicaciones, que estará integrada por el Secretario general, que la presidirá; por el Jefe de Negociado de Publicaciones y un representante de cada una de las áreas del Instituto.
2. El Negociado de Gabinete de Prensa, ejercerá la labor de información y divulgación de los fines del Instituto en cualesquiera medios de difusión.
1. La Biblioteca Hispánica, integrada en la Secretaría General, asumirá la función de organizar y mantener ficheros, publicaciones y revistas, redactar un catálogo de fondos y ordenar, clasificar, conservar y controlar la utilización de las obras, así como cuantas otras labores sean propias.
2. Son unidades de la Biblioteca Hispánica:
A) Con nivel orgánico de Sección:
– Sección de Administración de Biblioteca.
– Sección de Formación Biblioteca.
– Sección de Conservación Biblioteca.
– Sección de Salas de Lectura.
B) Con nivel orgánico de Negociado:
– Negociado de Canje.
– Negociado de Hemeroteca.
1. La Junta de Compras, sometida en su actuación a lo dispuesto en la legislación de Contratos del Estado, desarrollará su misión específica con la siguiente composición:
a) Presidente, el Secretario general.
b) Presidente adjunto, pon funciones de sustitución, el Jefe de la Sección de Suministros y Obras.
c) Un representante del área interesada en la respectiva operación, con nivel de Jefe de Sección y nombrado por el Director de la misma.
d) Secretario, el Jefe de Sección de Presupuestos y Contabilidad.
e) Además, cuando la Junta actúe como mesa de contratación, formarán parte de la misma, un Abogado del Estado de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Asuntos Exteriores y el. Interventor Delegado.
1. Depende de la Dirección de Cooperación Cultural con nivel orgánico de Jefe de Servicio:
a) El Director adjunto.
2. Dependen de la misma con nivel orgánico de Sección:
– Sección de Cooperación Cultural.
– Sección de Intercambio Universitario.
– Sección de Cursos.
– Sección de Actividades Culturales.
– Sección de Gabinete Técnico.
3. Depende directamente del Director de Cooperación Cultural:
– Negociado de Administración de Servicios.
1. El Director adjunto de Cooperación Cultural desempeñará la labor de asistencia inmediata al Director del área, sustituyendo al mismo en todas sus funciones en caso de ausencia, vacante o enfermedad.
2. La Sección de Cooperación Cultural, a la que corresponderá el mantenimiento de las relaciones con Organismos culturales, públicos y privados, españoles y extranjeros, contará con dos Negociados:
– Negociado de Cooperación con Instituciones españolas e iberoamericanas.
– Negociado de Cooperación con Instituciones de Europa y Norteamérica.
3. La Sección de Intercambio Universitario, que asumirá la tarea de organizar la asistencia y la ayuda en el campo universitario, contará con tres Negociados:
– Negociado de Gestión.
‒ Negociado de Becas.
– Negociado de Colaboración Universitaria.
4. La Sección de Cursos, encaminada a la programación y organización de planes de estudio, relativos a distintas ramas culturales especializadas, contará con un Negociado:
– Negociado de Programas Especiales y Docentes.
5. La Sección de Actividades Culturales, a la que corresponde la organización de actos culturales y su difusión, contará con dos Negociados:
– Negociado de Congresos y Exposiciones.
– Negociado de Medios de Difusión Cultural.
6. El Gabinete Técnico ejercerá las funciones de estudio, informe, propuesta y documentación en relación con los temas propios del área. Contará con dos Negociados:
– Negociado de Estudios.
– Negociado de Documentación.
1. Depende de la Dirección de Cooperación Científico-Técnica con nivel orgánico de Jefe de Servicio:
a) El Director adjunto.
2. Dependen de la misma, con nivel orgánico de Sección:
– Sección de Cooperación Científica.
– Sección de Cooperación Técnica.
– Sección de Gabinete Técnico.
3. Depende directamente del Director de Cooperación Científico-Técnica:
– Negociado de Administración de Servicios.
1. El Director adjunto de Cooperación Científico Técnica desempeñará la labor de asistencia inmediata al Director del Area, sustituyendo al mismo en todas sus funciones en caso de ausencia, vacante o enfermedad.
2. La Sección de Cooperación Científica, que ejercerá tanto la tarea de colaborar en programas especiales de investigación científica como de coordinar las acciones públicas y privadas de este sector, contará con un Negociado:
– Negociado de Investigación y Cooperación Científica.
3. La Sección de Cooperación Técnica ejercerá en este sector de la técnica las mismas funciones de colaboración y coordinación asignadas a la unidad anterior. Contará con dos Negociados:
– Negociado de Formación Profesional.
– Negociado de Asistencia Técnica.
4. El Gabinete Técnico ejercerá las funciones de informe, estudio, documentación y relación con Organismos especializados españoles y extranjeros. Contará con dos Negociados:
– Negociado de Estudios.
– Negociado de Documentación.
1. Depende de esta Dirección con nivel orgánico de Jefe de Servicio:
a) El Director adjunto.
2. Dependen de la misma, con nivel orgánico de Sección:
– Sección de Cooperación Institucional.
– Sección de Cooperación Sectorial.
– Sección de Gabinete Técnico.
3. Depende directamente del Director de Cooperación Económica:
– Negociado de Administración de Servicios.
1. El Director adjunto de Cooperación Económica desempeñara la labor de asistencia inmediata al Director del Area, sustituyendo al mismo en todas sus funciones en caso de ausencia, vacante o enfermedad.
2. La Sección de Cooperación Institucional asumirá la tarea de elaborar planes y colaborar con las Instituciones españolas e iberoamericanas y con el sector privado. Contará con dos Negociados:
– Negociado de Instituciones españolas e iberoamericanas.
– Negociado del Sector Privado.
3. La Sección de Cooperación Sectorial ejercerá la misión de elaborar programas y colaborar en materias relacionadas con los sectores pesquero, agrícola y ganadero, así como los industriales y financieros. Contará con un Negociado:
– Negociado del Sector Primario, Industrial y Financiero.
4. El Gabinete Técnico, que ejercerá la función de informe, estudio, propuesta, asesoramiento y documentación, contará con un Negociado:
– Negociado de Estudios y Documentación.
1. El Secretario del Centro de Altos Estudios Hispánicos, con nivel orgánico de Jefe de Servicio, será nombrado por el Presidente del Instituto, V dirigirá la ejecución del programa de actuación anual, aprobado por la Junta de Gobierno del Instituto.
2. Dependiendo directamente del Secretario del Centro existirá:
a) El Negociado de Administración de Servicios.
3. Son unidades del Centro de Altos Estudios Hispánicos con nivel Orgánico de Sección:
– Sección de Documentación.
– Sección de Estudios e Investigación.
4. La Sección de Documentación desarrollará las funciones propias de una unidad de este tipo sobre cuestiones de especial interés para la comunidad iberoamericana, en estrecha relación con los Gabinetes Técnicos de Secretaría General y de las distintas áreas. Contará con un Negociado.
– Negociado de Bibliografía.
5. La Sección de Estudios e Investigación se encargará de la formación de especialistas de alta categoría cultural y de la difusión de las obras y materiales generados en el Centro. Contará con un Negociado:
– Negociado de Coordinación de Seminarios.
Lo digo a VV. EE. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. EE.
Madrid, 21 de noviembre de 1981.
PEREZ-LLORCA Y RODRIGO
Excmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores y Presidente del Instituto de Cooperación Iberoamericana.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid