Por haber padecido error en el texto remitido para la publicación del Real Decreto 1460/1982, de 14 de mayo, por el que se dictan normas de ampliación de la Ley 47/1981, de 21 de diciembre, sobre concesión de moratorias y exención de pago por daños originados por la sequía («Boletín Oficial del Estado» número 159, de 5 de julio), se transcriben a continuación las siguientes correcciones:
En el artículo primero (página 18333), donde dice: «tendrán derecho a obtener las moratorias concedidas por la Ley cuarenta y siete/mil novecientos ochenta y uno, de veintiuno de diciembre, los titulares de las explotaciones agrarias de las provincias de: Albacete, Alicante, Almería, Avila, Badajoz, Cáceres, Cádiz, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Granada, Guadalajara, Huelva, Huesca, Jaén, León, Lérida, Madrid, Málaga, Murcia, Palencia, Salamanca, Sevilla, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Zamora y Zaragoza, que hayan experimentado, a causa de la sequía...».
Debe decir: «tendrán derecho a obtener las moratorias concedidas por la Ley cuarenta y siete/ mil novecientos ochenta y uno, de veintiuno de diciembre los titulares Se las explotaciones agrarias de las provincias de: Albacete, Alicante, Almería, Avila, Badajoz, Burgos, Cáceres, Cádiz, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Granada, Guadalajara, Huelva, Huesca, Jaén, León, Lérida, Madrid, Málaga, Murcia, Palencia, Salamanca, Segovia, Sevilla, Soria, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Zamora y Zaragoza, que hayan experimentado, a causa de la sequía...».
En el artículo cuarto, párrafo primero, línea quinta (página 18333), donde dice: «De estos dos beneficios sobre cuotas por jornadas teóricas de la Seguridad Social Agraria», debe decir: «De estos dos beneficios sobre cuotas y recargos de la Contribución Territorial Rústica y Pecuaria y cuotas por jornadas teóricas de la Seguridad Social Agraria».
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