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Documento BOE-A-1982-13431

Real Decreto 1149/1982, de 28 de mayo, por el que se autoriza la constitución de la Facultad de Filología y Geografía e Historia en Vitoria y de la Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación en San Sebastián.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 1982, páginas 15172 a 15172 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1982-13431
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1982/05/28/1149

TEXTO ORIGINAL

Por Real Decreto ochocientos cuatro/mil novecientos setenta y ocho, de diez de marzo, fue creada la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad del País Vasco, integrada, inicialmente, por las Secciones de Filología. Geografía e Historia y Filosofía y Ciencias de la Educación, ampliada por la de Psicología por Orden ministerial de veinticinco de enero de mil novecientos setenta y nueve.

Habiendo solicitado la Universidad del País Vasco la constitución de las Facultades de Filología y Geografía e Historia, con sede en Vitoria, y de Filosofía y Ciencias de la Educación, con sede en San Sebastián, parece conveniente acceder a tal división, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto mil novecientos setenta y cuatro/mil novecientos setenta y tres, de doce de julio; en el Decreto mil quinientos cuarenta y uno/mil novecientos setenta y dos, de quince de junio, y el Real Decreto dos mil quinientos cuarenta y uno/mil novecientos setenta y siete, de veintitrés de septiembre.

En su virtud, oída la Junta Nacional de Universidades, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiocho de mayo de mil novecientos ochenta y dos,

DISPONGO:

Artículo 1.

Autorizar la constitución de la Facultad de Filología y Geografía e Historia en Vitoria y de la Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación en San Sebastián, por transformación de las actuales Secciones de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad del País Vasco.

Artículo 2.

Uno. La Facultad de Filología y Geografía e Historia contará inicialmente con las Secciones de Filología, de Geografía y de Historia actualmente reconocidas.

Dos. La Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación contará con las Secciones de Filosofía, Psicología y Ciencias de la Educación actualmente reconocidas.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Educación y Ciencia se adoptarán las medidas necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a veintiocho de mayo de 1982.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Ciencia,

FEDERICO MAYOR ZARAGOZA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 28/05/1982
  • Fecha de publicación: 04/06/1982
  • Fecha de entrada en vigor: 24/06/1982
Referencias anteriores
Materias
  • Facultades Universitarias
  • Filología
  • Filosofía y Ciencias de la Educación
  • Geografía e Historia
  • Universidad del País Vasco

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