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Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la creación de los Juzgados de Paz de Calzada de Don Diego y de Galindo y Perahuy, como consecuencia de haberse creado los municipios del mismo nombre, segregados del de Barbadillo (Salamanca), acordado por Real Decreto del Ministerio de Administración Territorial 1847/1981, de 3 de julio,
Este Ministerio, a tenor de lo establecido en la base 1.ª de la Ley de 19 de julio de 1944, y en el Decreto de 8 de noviembre del mismo año, y de conformidad con la propuesta formulada por el Consejo General del Poder Judicial, ha acordado la creación de los Juzgados de Paz de Calzada de Don Diego y de Galindo y Perahuy, dependientes del Juzgado de Distrito número 1 de Salamanca, aunque su entrada en funcionamiento queda condicionada a que los Ayuntamientos respectivos sean constituidos y ofrezcan una sede digna para la instalación de los Juzgados.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 23 de marzo de 1982.–P. D., el Subsecretario, Antonio Gullón Ballesteros.
Ilmo. Sr. Secretario Técnico de Relaciones con la Administración de Justicia.
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