Reglamento número 8 anejo al Acuerdo relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor, sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de proyectores para vehículos automóviles que emitan un haz de cruce asimétrico y/o un haz de carretera y equipos de lámparas halógenas (lámparas H) y a la homologación de lámparas H, hecho en Ginebra el 20 de marzo de 1958 (incluye las enmiendas de 25 de agosto de 1970, 6 de diciembre de 1973 y 12 de mayo de 1977, que entraron en vigor el 25 de febrero de 1971, 6 de mayo de 1974 y 12 de marzo de 1978, respectivamente).
Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 1982, páginas 13009 a 13027 (19 págs.)
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ANÁLISIS
Rango: Acuerdo Internacional
Fecha de disposición: 11/02/1982
Fecha de publicación: 19/05/1982
Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 11 de febrero de 1982.
Referencias posteriores
SE DICTA EN RELACIÓN con el art. 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 18 de junio de 2007 (Ref. BOE-A-2007-12872).
SE PUBLICA Enmienda a determinados preceptos del Reglamento 8, en BOE núm. 243, de 11 de octubre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-24534).
Referencias anteriores
PUBLICA el texto revisado del Reglamento publicado en BOE núm. 195, de 14 de agosto de 1968 (Ref. BOE-A-1968-994).
DE CONFORMIDAD con el Acuerdo de 20 de marzo de 1958 (Ref. BOE-A-1962-213).