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Documento BOE-A-1981-7347

Resolución de 17 de marzo de 1981, de la Dirección General de Investigación y Capacitación Agrarias, por la que se delegan en el Secretario general del Servicio de Extensión Agraria, facultades y competencias en materia de contratación y autorización de gastos.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 1981, páginas 6919 a 6919 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1981-7347
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1981/03/17/(1)

TEXTO ORIGINAL

Con objeto de que las actuaciones administrativas del Servicio de Extensión Agraria se desarrollen con arreglo a las normas de economía, celeridad y eficacia, según establece el artículo 29 de la Ley de Procedimiento Administrativo, sin merma de las garantías debidas a los interesados y previa la aprobación del excelentísimo señor Ministro del Departamento,

Esta Dirección General ha resuelto delegar en el Secretario general del Servicio de Extensión Agraria las atribuciones conferidas a este Centro Directivo del modo, forma y limitaciones que se disponen en los puntos siguientes:

1.º Se excluyen de esta delegación:

a) Las atribuciones que posea esta Dirección General, a su vez, por delegación.

b) Las propuestas de todo tipo que hayan de someterse a la aprobación del excelentísimo señor Ministro de Agricultura u otros Departamentos ministeriales.

c) Las autorizaciones y disposiciones de gastos que superen 5.000.000 de pesetas.

2.º Se delegan en el Secretario general las siguientes funciones:

a) Las autorizaciones y disposiciones de gastos y los correspondientes contratos que no superen la cantidad de 5.000.000 de pesetas.

b) La ordenación de pagos en cualquier cuantía.

c) La gestión de todos los ingresos.

d) La Presidencia de la Junta de Compras, incluso cuando se constituya en Mesa de Contratación.

3.º En los casos expuestos en el punto anterior, cuando el Secretario general actúe por delegación como Director, las funciones de Secretario general recaerán en el Jefe de la Unidad de Supervisión de Programas.

4.º Las delegaciones conferidas en el apartado 2.º serán revocables en cualquier momento, sin necesidad de otra Resolución, y no serán obstáculo para que esta Dirección General pueda recabar la resolución y despacho de cualquier asunto comprendido en las mismas.

5.º La presente delegación entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 17 de marzo de 1981.–El Director general, Gerardo García Fernández.

Sr. Secretario general del Servicio de Extensión Agraria.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/03/1981
  • Fecha de publicación: 31/03/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 01/04/1981
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 29 de la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Investigación y Capacitación Agrarias
  • Ministerio de Agricultura
  • Servicio de Extensión Agraria

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