Contido non dispoñible en galego
Excelentísimos señores:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9.º del Decreto-ley de 4 de febrero de 1964 y 2.º, 1, de la Ley 46/1980, de 1 de octubre, el Comité Superior de Precios de Contratos del Estado ha elaborado los índices de precios de mano de obra provinciales, los de materiales de la construcción y el nacional de mano de obra, aplicables a la revisión de precios de contratos de obras del Estado correspondientes a los meses de julio y agosto de 1980, los cuales han sido propuestos para los citados meses.
Aprobados los referidos índices por el Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de diciembre de 1980,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer su publicación en la forma siguiente:
Indices de precios de materiales de la construcción
Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a VV. EE. muchos años.
Madrid, 30 de diciembre de 1980.
GARCIA AÑOVEROS
Excmos. Sres....
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