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Padecido error en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 45, de fecha 21 de febrero de 1981, se procede a su rectificación:
En la, página 3977, artículo seis, dos, a), líneas primera y segunda, donde dice: «... máquinas o aparatos automáticos para la realización de juegos...», debe decir: «... máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de juegos...».
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